La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a la sargento del Seprona de la Guardia Civil en Lanzarote Gloria Moreno de los delitos de falsedad y calumnias por denunciar internamente que uno de sus subordinados alertaba a los cazadores furtivos de pardela cenicienta en el islote de Alegranza, al norte de Lanzarote. La Fiscalía había pedido penas de hasta cuatro años de cárcel y la acusación particular de hasta seis años.

El tribunal subraya que Moreno denunció a su compañero en un documento interno, cuyo "contenido puede no ser certero, pero tampoco cabe tildarlo de inveraz, pues no existe base probatoria indicativa de esa necesaria discrepancia que debe existir entre la realidad y lo descrito o narrado. Se trata sin más del resultado de un quehacer profesional que bien puede resultar discutido, pero que, en modo alguno, puede servir de base para acreditar la mutatio veritatis (transformación de la verdad), esencia objetiva del delito de falsedad".

El fallo, contra el que cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, estima que el quehacer de la sargento, al no informar en tiempo y forma al superior del Seprona en Las Palmas sobre el informe que iba a redactar sobre su subordinado "es una cuestión interna que escapa del objeto de enjuiciamiento de esta causa".

La sentencia también alude a la directiva europea relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones y afirma que la actuación de la sargento "tiene cabida dentro del contexto de protección establecido por tal normativa europea para los denunciantes, pues no existe base fáctica para calificar de malintencionado, ni frívolo ni abusivo a su informe-denuncia".

La Sección Primera de la Audiencia de Las Palmas tampoco cree que conste que la elaboración del citado informe por parte de la sargento "esté presidido y regido por la mala fe, por lo que no queda desvirtuada la presunción de buena fe profesional que la ampara".

Los hechos se remontan al informe remitido por la sargento a sus superiores de la Guardia Civil el 20 de noviembre de 2015 en el que alerta de que en el verano de 2013 uno de los guardias civiles de su destacamento en Lanzarote informó supuestamente a un empresario de la isla, que se encontraba en esas fechas en el islote de Alegranza, que una patrulla del Seprona se iba a dirigir hacia dicho islote.

La información se la proporcionó a la sargento un colaborador de la Estación Biológica de Doñana en el islote de Alegranza.

"Es de resaltar que si bien el testigo mencionado en las distintas declaraciones prestadas no ha sido muy preciso, es una persona que por su formación y trabajo es conocedora de la zona en cuestión (islote de Alegranza), de la fauna existente (pardela cenicienta), de las personas que por distintas razones frecuentan el islote y de los motivos que le llevan a ello", añade el fallo.

En el mismo informe, el guardia civil denunciado reconoció que conocía a ese empresario pero que nunca lo llamó por teléfono para informarle de la operación que iba a llevar a cabo el Seprona contra la caza ilegal de pardelas. No obstante, el agente sí reconoció que en alguna ocasión sí le dijo a este empresario "que cualquier día se iba a llevar un susto y le iban a pillar pero que no le llamó para avisarle".

Para la Audiencia, ese informe "puede ser discutido y cuestionado, como en realidad ha pasado, y que puede contener algún adorno o detalle que podría haberse evitado pero que, a todos los efectos, resulta irrelevante para justificar una transmutación de lo verdadero en falso, al menos en lo que a su contenido esencial se refiere".

El informe llegó finalmente a la unidad orgánica de la policía judicial de la Guardia Civil de Las Palmas y de allí pasó al equipo de Policía Judicial de Tías, que concluyó que no se apreciaba ningún tipo de indicio que terminara en un reproche penal contra el agente denunciado. El mencionado atestado fue remitido posteriormente al Juzgado de Instrucción número tres de Arrecife, en el que igualmente se acordó el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa por no existir indicios de la posible comisión de un ilícito penal.

La sargento achacaba la acusación que ha sufrido en este caso a una represalia por las redadas que puso en marcha para acabar con la caza furtiva de pardelas en el Parque Natural del Archipiélago Chinijo, que culminaron con la condena por delito contra el medio ambiente dictada contra diez personas a las que sorprendió guisando ejemplares de esa ave protegida en Alegranza, entre ellas, supuestamente, el empresario que recibió años antes el chivatazo.