La directora del Instituto Canario de Igualdad (ICI), Kika Fumero, ha instado al alcalde de Puerto del Rosario, Juan Jiménez (PSOE), a que suspenda de responsabilidades al edil José Juan Herrera (AEPR), acusado por una exasesora municipal de un presunto delito de acoso sexual.

En una carta dirigida al alcalde, Fumero ha solicitado como medida cautelar que se "acuerde la suspensión en el ejercicio de las responsabilidades de gobierno que tiene atribuidas el cargo público denunciado mientras se sustancia el correspondiente procedimiento judicial que, según los medios, ha iniciado la víctima".

Fumero afirma que "el Ayuntamiento no solo debe proteger a la víctima de violencia de género poniendo en marcha los mecanismos legales y las actuaciones procedentes para poner fin a la situación vulneratoria; sino que, además, debe prevenir que hechos como los denunciados se produzcan".

La directora del ICI ha expresado "la más profunda preocupación generada por los hechos acontecidos en esa corporación, en relación con la presunta comisión de un delito de acoso sexual por parte de un miembro del equipo de gobierno, del que ha sido víctima una mujer que, hasta hace pocos días, en que se produjo su cese, ha estado vinculada con el Ayuntamiento por un contrato de personal eventual y de los que se han hecho eco ampliamente los medios de comunicación isleños".

Fumero recuerda que la Ley 16/2003, de 8 de abril, de prevención y protección integral de las mujeres contra la violencia de género incluye conceptúa como violencia de género todas las manifestaciones de violencia ejercida sobre las mujeres por el hecho de serlo que implique o puedan implicar daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica.

La citada ley considera también como violencia de género las amenazas de realizar dichos actos, coacción, intimidación o privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada, según la carta remitida por Fumero.

Para la directora del ICI, por ello "es indispensable que el Ayuntamiento adopte medidas dirigidas a proteger a la mujer/trabajadora, víctima de violencia de género, incluso, con carácter cautelar, poniendo en marcha protocolos específicos, si la institución dispone de los mismos".

En caso de que no los cuente, insta a que "se adopten las medidas procedentes para evitar que se sigan produciendo los actos a los que se hace referencia en los medios de comunicación como institución pública y como parte empleadora".