La cancelación de un vuelo, por más que sea por causas de fuerza mayor, obliga a las compañías aéreas a correr con los gastos que esto les genere a los pasajeros en concepto de alojamiento, comidas o desplazamientos. Sin embargo, cuando el cliente opta por pedir el reembolso del billete, todo puede cambiar, desapareciendo esos derechos. Así lo ha entendido el Juzgado de lo Mercantil Número 9 de Barcelona, que ha rechazado la demanda presentada por un pasajero que debía volar desde Lanzarote a la ciudad condal el 23 de febrero de 2020.  Tras ver cancelado su vuelo, este hombre rechazó la alternativa que le dio Vueling y optó por comprar otro billete, solicitando el reembolso del que había sido cancelado. No obstante, después pidió a la compañía una indemnización por los gastos que esto le generó, cifrándolos en 213,62 euros.

Más información en La Voz de Lanzarote