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Tribunales

El Juzgado revoca una sanción impuesta a la trabajadora de una residencia que se negó a vacunarse

La empresa castigó a la demandante con 17 días de suspensión de empleo y sueldo | La perjudicada tampoco aceptó realizarse dos pruebas PCR semanales

Edificio de la Ciudad de La Justicia donde se encuentra el Juzgado de lo Social número 11 de Las Palmas de Gran Canaria Juan Castro

El Juzgado de lo Social número 11 de Las Palmas de Gran Canaria ha dado la razón a una trabajadora de Lanzarote que demandó a la residencia en la que trabajaba por suspenderla de empleo y sueldo durante 17 días al negarse a vacunarse. La mujer tampoco aceptó realizarse dos pruebas PCR a la semana como le exigió la empresa.

Según el fallo, al que ha tenido acceso LA PROVINCIA / DLP, la demandante presta servicios como gerocultora en el centro sociosanitario desde el 1 de julio de 2006 con un sueldo que asciende a 1.434 euros con las pagas extra. El 29 de julio de 2021 la empresa comunicó a la representación legal de los trabajadores que, en aplicación de la orden del 18 de marzo de 2021 del Gobierno de Canarias por la que se actualizan las medidas de prevención derivados de la pandemia, procedería a la realización de test de antígenos o PCR cada 15 días ara evitar contagios. 

La residencia manifestó que el «derecho del trabajador afectado a negarse al reconocimiento, cede y termina donde empieza el riesgo grave para la vida y salud de terceros» el cual no puede perjudicarse «por la indolencia» del profesional «renuente» que preste servicio para la empresa. 

El centro calificó su negativa como «una falta muy grave» y no exigió test a los vacunados

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Además, recalca el fallo, «proponía la vacunación obligatoria como medida de aplicación conforme al Decreto Ley 11/2021, de 2 de septiembre», a lo que la representación legal de los trabajadores se negó. Así, el comité de empresa emitió un escrito de 10 de septiembre de 2021 en el que puso de manifiesto que «los derechos fundamentales solo podían limitarse por decisión de los tribunales superiores de justicia». 

También, destacó que entendía que la prueba PCR era voluntaria y que «bajo ningún concepto podía imponerse». El 16 de septiembre de 2021 la empresa comunicó a la demandante, representada por la letrada Cristina Rosa Armas, que le ofrecía la realización de una prueba de antígenos para diagnosticar SARS-CoV-2 (coronavirus) que se realizaría en el centro de trabajo sin coste.

La mujer no está vacunada, por lo que la residencia consideró que era obligatorio que se sometiera a la prueba dos veces por semana. Un test que, a su vez, no exigió a los miembros de la plantilla que sí se encontraban inmunizados con la pauta completa.

El fallo reseña que la demandada afectó a los «derechos fundamentales» de la mujer

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Ante la negativa de la trabajadora a someterse al test, la empresa el 14 de octubre de 2021 le comunicó un pliego de cargos por esto al considerar que se trataba de una conducta «calificable de falta muy grave». Posteriormente, el 25 de octubre del mismo año, la empresa impuso una sanción a la demandante de 17 días de suspensión de empleo y sueldo por su negativa a someterse al test de antígenos.

Finalmente, el Juzgado resolvió que la medida impuesta por la empresa «afecta los derechos fundamentales de la trabajadora». Por ello, resolvió estimar la demanda y revocar la sanción de 17 días de suspensión de empleo y sueldo que le impuso la residencia demandada, con lo cual exige que se le reponga a la trabajadora el salario que dejó de percibir.

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