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El TSJC ratifica que el exconsejero del Cabildo de Lanzarote Juan Manuel Sosa cobró de forma indebida y deberá devolver el dinero público

El fallo judicial, según CC, responsabiliza al expolítico por no comunicar su cambio de situación al dejar de ser portavoz del grupo de CC, a pesar de saber que ya no cumplía los requisitos para cobrar

María Dolores Corujo y Juan Manuel Sosa, en el Castillo de San José, en Arrecife.

María Dolores Corujo y Juan Manuel Sosa, en el Castillo de San José, en Arrecife. / La Provincia

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la nulidad de la situación administrativa del exconsejero del Cabildo de Lanzarote Juan Manuel Sosa Rodríguez (concurrió en 2019 en la lista de CC) en el anterior mandato en el pacto con el PSOE, al desestimar el recurso que había presentado, según CC. La sentencia también establece la obligación de devolver las retribuciones públicas percibidas de forma indebida, unos 300.000 euros.

El fallo judicial considera probado que Sosa continuó cobrando dinero público sin cumplir los requisitos exigidos por la normativa. Según recoge la resolución, la situación en la que se encontraba era “radicalmente nula”, lo que invalida los argumentos planteados en su defensa.

El tribunal señala la responsabilidad del propio afectado

Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es que el tribunal sitúa la responsabilidad principal en el propio Sosa, médico del Servicio Canario de Salud. El TSJC subraya que era él quien estaba en mejor posición para conocer su situación administrativa y corregirla.

En concreto, la resolución indica que el político sabía desde el 2 de diciembre de 2019 que había perdido su condición de portavoz, un elemento clave para mantener determinadas condiciones retributivas. Sin embargo, pese a ese conocimiento, solicitó continuar en la misma situación sin comunicar ese cambio.

El tribunal insiste en que la cuestión no depende de cuándo la administración tuvo conocimiento de los hechos, sino de cuándo lo sabía el propio interesado. En este sentido, recuerda que las administraciones públicas no pueden actuar sobre información que no les ha sido trasladada.

Ocultación de información y percepción indebida de fondos

La sentencia, señalan los nacionalistas, también recoge que Sosa" ocultó, de forma dolosa o negligente, que había renunciado previamente al cargo de portavoz. Este hecho resulta determinante, ya que ese puesto estaba vinculado a las condiciones que permitían percibir determinadas retribuciones.

El TSJC concluye que el recurrente era plenamente consciente de que ya no cumplía los requisitos necesarios, pero aun así solicitó mantener su situación como si no se hubiera producido ningún cambio.

En relación con las cantidades percibidas, el tribunal es claro: la administración autonómica deberá exigir la devolución del dinero directamente al beneficiario, al ser quien recibió las cuantías sin base legal.

Reacciones políticas tras la sentencia

Desde Coalición Canaria en Lanzarote han valorado la resolución judicial, destacando su importancia en el ámbito político insular. El secretario general de la formación en la isla, Pedro San Ginés, ha señalado que el fallo confirma una situación que su partido venía denunciando desde hace años sobre "el tránsfuga Sosa".

Según ha manifestado, la sentencia demuestra que no se trataba de una cuestión partidista, sino de un problema de mayor alcance relacionado con el uso de fondos públicos y su impacto en la estabilidad política de una etapa concreta.

San Ginés ha vinculado estos hechos con el periodo en el que María Dolores Corujo ocupaba la presidencia del Cabildo de Lanzarote (2019-2023), señalando que la situación tuvo consecuencias en la configuración de mayorías de gobierno.

Un fallo con consecuencias económicas y políticas

La decisión judicial no solo implica la devolución del dinero percibido por su sueldo de consejero del grupo de gobierno del Cabildo de Lanzarote, sino que también tiene repercusiones en el ámbito político. La sentencia describe una situación prolongada en el tiempo en la que se mantuvieron condiciones administrativas sin respaldo legal.

Desde Coalición Canaria consideran que el fallo evidencia una forma de actuar que debe tener consecuencias, al tiempo que subrayan la claridad del pronunciamiento judicial.

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