La sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado el procedimiento de contratación de una obra de red eléctrica en el hospital Doctor Negrín, que fue adjudicada en junio de 2010 por 1,5 millones de euros, por irregularidades en el concurso.

Debido a la importancia del importe de la obra, la Asociación de Empresarios, Constructores y Promotores (AECP) de Las Palmas intentó en enero de 2010 que se corrigieran los errores detectados en el procedimiento, pero ante la negativa de la Consejería de Sanidad se interpuso un recurso de reposición. La Sala de lo Contencioso Administrativo estimó hace unos días un recurso presentado el pasado mes de mayo contra la orden de la Consejería de Sanidad que desestimaba el recurso de reposición. El departamento autonómico anunció ayer que recurrirá la sentencia.

Varias empresas que se presentaron a la licitación (que salía por un importe de 1,9 millones de euros) denunciaron los defectos a la asociación que normalmente recurre este tipo concursos si detecta alguna irregularidad. Pero en esta ocasión, Sanidad no corrigió nada y siguió adelante con la adjudicación, que recayó en la empresa nacional Elecnor, SA, que desarrolla su actividad en ingeniería, desarrollo y construcción de proyectos de infraestructuras, energías renovables y nuevas tecnologías. Fuentes de Sanidad explicaron que la obra se inició, pero no concretaron si ya había finalizado.

Incumplimiento

Entre otras cuestiones, el re-curso presentado por AECP se fundamenta en la incorrecta clasificación del contratista por la arbitrariedad en la exigencia de subgrupos contraria a la ley (se excede en 11 subgrupos), el incumplimiento de la descripción de los criterios de adjudicación en el anuncio de licitación, la ambigüedad de la administración al no distinguir los criterios objetivos y subjetivos, así como en no facilitar los medios necesarios para obtener la oferta más ventajosa y no la más barata, atribuyendo 60 puntos al precio más bajo. Estos dos últimos puntos no son valorables en la sentencia, ya que el concurso ya es anulado por los dos primeros.

La AECP lamenta, a través de un comunicado, "la costumbre de las administraciones públicas de desviar hacia los tribunales las cuestiones que cuando resultan favorables para los administrados ya es tarde para el resarcimiento". En opinión de la patronal, dicho concurso debería ser anulado y la obra debería ser de nuevo licitada reponiendo el daño causado. Aunque la AECP teme que, como la Consejería de Sanidad recurrirá la sentencia al Tribunal Supremo, habrá que esperar "años" para que el daño sea finalmente repuesto.