El alcalde de la capital grancanaria, Juan José Cardona, eludió ayer pronunciarse sobre la sentencia del Tribunal Supremo que obliga al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) a dictar un nuevo dictamen sobre la anulación del plan especial que amparó la construcción de dos torres de 15 plantas en el Canódromo. Fuentes del Gobierno municipal aseguraron desconocer las consecuencias de esta nueva sentencia y se limitaron a manifestar que el Ayuntamiento hará "prevalecer el interés general por encima de todo". Los vecinos que denunciaron el Canódromo ante los tribunales temen, por su parte, que la suspensión de la sentencia del alto tribunal canario puede dejar la vía libre al Ayuntamiento para recuperar el plan especial anulado en el nuevo Plan General de Ordenación, que está pendiente de aprobación por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac).

El Gobierno municipal no aclaró si dicha posibilidad existe, lo que permitiría a la empresa Realia continuar con la construcción de las torres, que están paralizadas desde hace más de dos años. La sentencia del Supremo admite en parte el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento y Realia en 2008.

Según la información que manejan las fuentes municipales, que aseguraron que la sentencia del alto tribunal no ha sido notificada aún al Ayuntamiento, el Tribunal Supremo no entra en el fondo de la sentencia del TSJC del 10 de enero de 2008 que anula el Canódromo, al detectar una serie de irregularidades en su tramitación, pero califica de incongruente y de falta de motivación para anular el Plan Especial aprobado en 2003, así como de los apartados de los planes generales de 2000 y 2005 que le dieron validez jurídica al cambio de calificación de suelo, que pasó de ser espacio libre a residencial.

El actual regidor Juan José Cardona era el concejal responsable de Urbanismo y José Manuel Soria, alcalde, cuando se firmó el convenio que dio lugar a la operación del Canódromo. La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, que el Supremo obliga ahora a revisar, considera que se produjo "un ejercicio desviado de la potestad de planeamiento", por no someter a información pública el cambio de calificación de la parcela, que estaba prevista para un parque. El litigio del Canódromo vuelve ahora al TSJC.