La Audiencia de Las Palmas ha absuelto a tres policías locales de Las Palmas de Gran Canaria para los que se pedían penas de hasta 11 años de cárcel por maltrato a detenidos, por falta de pruebas médicas que corroboren las agresiones que dijeron haber sufrido los denunciantes.

En este caso, no sólo habían formulado acusación contra los agentes los ciudadanos que supuestamente habían sido objeto de brutalidad policial, sino también el Ministerio Fiscal, que entendía que había base para condenar a los agentes por delitos contra la integridad moral y lesiones y por una falta contra las personas.

En concreto, proponía que un agente fuera condenado a seis años de cárcel como autor de los dos primeros delitos, que el segundo fuera sentenciado a dos años de cárcel como responsable, por omisión, de un delito contra la integridad moral y que el tercero recibiera una multa de 840 euros por una falta contra las personas.

Los hechos sucedieron en la madrugada del 14 de febrero de 2009 en el parque de Santa Catalina, cuando dos de los acusados identificaron a dos varones que estaban orinando en la vía pública.

Los agentes invitaron a esas dos personas a acompañarles a la comisaría para recoger copia de la denuncia y allí se produjo un altercado del que hay dos versiones: según los policías, esos dos varones agredieron a los agentes y fueron reducidos; según las acusaciones, los funcionarios públicos llevaron a esas dos personas a los vestuarios y allí les propinaron puñetazos y golpes de porra, informa EFE.

La Audiencia admite que la versión de los ciudadanos víctimas de esos supuestos malos tratos ha sido persistente en el tiempo y que no se aprecian indicios de que respondan a un móvil espurio.

No obstante, también subraya que los ciudadanos supuestamente maltratados fueron atendidos en centros de salud inmediatamente después de su paso por comisaría, si que en los informes médicos aparezcan más lesiones que una brecha en la cabeza.

El tribunal entiende que, si el denunciante que supuestamente salió peor parado "recibió golpes por todo el cuerpo, mediante puñetazos, patadas e incluso con la porra, tendría que presentar lesiones por todo el cuerpo que, sin embargo, no se reflejan en ninguno de los informes médicos obrantes en autos".

La ausencia de signos de esos golpes, como hematomas o erosiones, "minimiza la credibilidad de su testimonio", apunta la Audiencia, que resalta además que los forenses sostienen que los denunciantes "sobresimulan" a la hora de relatar los daños que sufrieron.

En cuanto a la brecha que uno de los denunciantes tenía en la cabeza, el tribunal la encuentra compatible con la versión de los hechos ofrecida por los policías.

"Los partes médicos no avalan la versión de los perjudicados, y no permiten descartar, por el contrario, la versión de los hechos que ofrecen los acusados, de tal forma que existe la posibilidad de que las lesiones que presentan los perjudicados fueran causadas como consecuencia de emplear la fuerza mínima imprescindible los agentes, con lo que la detención habría estado justificada", razona.

La Audiencia considera que, en estas circunstancias, procede absolver a los tres acusados "con arreglo al principio 'in dubio pro reo'" (en caso de duda, a favor del acusado).