La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado parte de las funciones que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria atribuyó al nuevo cuerpo de agentes de movilidad, entre ellas, las de vigilancia de la seguridad vial, la intervención en accidentes de tráfico, las denuncias, el apoyo al transporte y la protección del medio ambiente relacionado con la contaminación producida por el tráfico rodado. La sentencia estima parcialmente el recurso presentado por el sindicato Unión Sindical de la Policía Canaria (USP), contra las funciones atribuidas a los agentes de movilidad. El fallo deja claro que los agentes de movilidad no pueden funcionar como un ente independiente, tal y como lo diseñó el Gobierno de Juan José Cardona, y deben estar subordinados y ser colaboradores en todo momento de la Policía Local. La sentencia considera que al haberse obviado su carácter subordinado y atribuirle funciones de control y vigilancia se produjo una invasión de competencias. Víctor García, líder de USP, consideró que el Ayuntamiento está tardando en convocar más plazas de policías locales para cubrir las 150 vacantes que hay y añadió que de manera paralela debe seguir adelante con la contratación de los 41 agentes de movilidad, atribuyéndoles las funciones que les corresponden. Por su parte, Ángeles Batista, portavoz de Compromiso, exigió que se dote de más efectivos y medios a la Policía Local para garantizar la seguridad en toda la ciudad. "Es una vergüenza que la unidad de tráfico de la octava ciudad más grande de España sólo cuente con 14 motoristas".