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El TS condena al Ayuntamiento por insistir en los 1.218 pisos de Almatriche

El Consistorio debe pagar los 4.000 euros del pleito - La sentencia rechaza expropiar Los Tarahales porque el Plan Parcial fue anulado

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha perdido en el Tribunal Supremo (TS) su último intento de expropiar las viejas casas de Los Tarahales sin llegar a un acuerdo previo con sus propietarios, con la finalidad de ensanchar la carretera y levantar varios edificios de seis plantas que albergarían 1.218 viviendas, entre otras actuaciones urbanísticas previstas en el Plan Parcial Almatriche II. Esa insistencia le costará a las arcas municipales 4.000 euros, pues la Corporación ha sido condenada a pagar dicha cantidad para sufragar los gastos judiciales derivados de este último recurso.

Y es que la Sala de lo Contencioso Administrativo del TS no sólo rechaza el recurso de casación interpuesto por los servicios jurídicos municipales contra la anulación del acuerdo de expropiación adoptado por la Cotmac, sino que condena en costas al Consistorio porque la revisión planteada "carece de sentido". Dicho de una manera más directa: la impugnación municipal no tiene un "efecto útil" porque el objetivo de la expropiación era ejecutar un Plan Parcial que lleva anulado desde 2008 y, por tanto, el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) recurrido no tiene cobertura legal, según establece el Alto Tribunal. Ese fallo judicial es del pasado 16 de octubre y tiene como ponente a la magistrada Inés María Huerta.

La juez explica que una sentencia firme anuló en diciembre de 2008 la revisión del Plan Parcial Almatriche II, que fue aprobado de forma definitiva en 2003, con José Manuel Soria de alcalde. Por tanto, desde ese momento, se debió archivar las actuaciones por "pérdida sobrevenida" del objeto del recurso, lo cual, añade la magistrada, hubiera servido para evitar "cuatro actuaciones totalmente innecesarias". Se refiera la juez a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que anuló la expropiación en 2009; a un fallo del Supremo que revocó el del TSJC por motivos formales y ordenó en 2013 la retroacción del procedimiento; a otra sentencia del TSJC que insiste en la invalidez de la expropiación y, por último, a la que ahora ha dictado el Alto Tribunal para cerrar el pleito.

Este último recurso fue interpuesto por el Ayuntamiento y contó con la oposición de la Compañía Industrial Pesquera SL, empresa que fue compensada con terrenos en Almatriche tras la expropiación de sus naves en la zona de El Rincón. Los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma y del Cabildo, en cambio, declinaron apoyar el recurso municipal al no presentar alegaciones.

El fondo del pleito está vinculado a la clasificación y la valoración del terreno en el que están proyectadas las viviendas. La sentencia de 2008 concluye que no existe ninguna razón técnica para justificar la línea que separa el suelo urbano del urbanizable, pues el margen que no está edificado está clasificado como urbano y el lugar donde están las casas de las demandantes figura como urbanizable.

De ahí que los vecinos afectados, unas diez familias, rechazaran el procedimiento de tasación y no se adhirieran a la junta de compensación Nuevo Horizonte, que desarrollaba ese sector 13 del Plan Parcial Almatriche II. El Ayuntamiento estaba a la espera del Supremo para reactivar el proceso de expropiación forzosa, que lleva bloqueado desde entonces.

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