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Madre y nuera se disputan el dinero de un choque mortal en la Avenida

La novia del fallecido apela a un tratamiento de fertilidad para exigir la indemnización

Madre y nuera se disputan el dinero de un choque mortal en la Avenida

La aseguradora quiere pagar el mínimo porque el fallecido no llevaba el cinturón de seguridad; el conductor le echa la culpa a un taxista de la capital grancanaria, y dos familias de Gáldar, la novia del muerto y su madre, se disputan las indemnizaciones del accidente. Con esas variables quedó ayer visto para sentencia el juicio contra Eleasar Manuel S. P. como responsable de un vuelco mortal en la Avenida Marítima, cuando volvía del sur de Gran Canaria el 26 de enero de 2014, tras celebrar el cumpleaños de Unay José B. M. en compañía de otro amigo.

El acusado, de 25 años, se enfrenta a cuatro años de cárcel por la muerte de Unay, como presunto autor de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas en concurso con homicidio por imprudencia grave y lesiones imprudentes graves.

Los tres jóvenes regresaban de festejar el cumpleaños de Unay en San Bartolomé de Tirajana con alcohol y cocaína, cuando, sobre las 07.55 horas, a la altura de la Fuente Luminosa, Eleasar perdió el control del coche y chocó con el vehículo que iba delante. A partir de ahí se desató la pesadilla para los tres chicos y sus familias, porque el Renault Clio se desplazó a la izquierda, cruzó todos los carriles de la autovía, impactó contra el bordillo de la mediana y acabó volcado sobre el tercer carril en sentido contrario.

Unay, que iba atrás, salió despedido y murió. El abogado de la aseguradora Axa, Javier Marrero, sostiene que no llevaba el cinturón o, en el mejor de los casos, lo tenía mal colocado porque iba dormido y acostado en la parte trasera del coche. El conductor salió ileso y el copiloto sufrió varias fracturas.

Bebido y dormido

"El borde de la carretera hizo de catapulta e impactó con una palmera a dos metros de altura", asegura una Policía Local que instruyó el expediente. "Hubiera salido despedido aunque llevara el cinto puesto", añade otro agente que participó en las diligencias. Ambos han ratificado el atestado policial, que señala como causa del accidente el consumo de alcohol y el cansancio al volante. Eleasar, en ese momento, reconoció que se durmió y perdió el control al esquivar al taxi.

El abogado defensor, Francisco Espino, pide la absolución al cuestionar el atestado policial, en concreto el lugar exacto del siniestro y la posible irrupción inesperada del taxista tras encontrarse con el carril de acceso a Juan XXIII cerrado por una carrera, pero las pruebas contra Eleasar son contundentes, entre ellas su confesión espontánea a los agentes y, sobre todo, el positivo en alcohol, según los informes de la Fiscalía y de las acusaciones particulares. Más controversia presenta quién debe recibir la compensación económica por el daño moral.

"La novia como tal no tiene derecho a la indemnización, ni con el actual baremo de accidentes de tráfico ni con el anterior", explica la fiscal Cecilia Acebal. La jurisprudencia exige, en ese sentido, que exista un proyecto de vida en común, bien mediante una convivencia pública y notoria de 12 meses, un hijo en común o la inscripción en algún registro o escritura pública, entre otros aspectos de esa naturaleza que demuestren la consolidación del vínculo.

La distinción no es baladí porque las indemnizaciones son excluyentes: si cobra la novia como pareja de hecho no puede hacerlo la madre. La fiscal, en este caso, considera más justo resarcir por el daño moral a la progenitora y a sus tres hijos: 115.994 euros para la madre y 21.090 euros para cada uno de los hermanos menores de Unay José B. M. ¿El motivo? Las pruebas presentadas no le parecen concluyentes como para acreditar la existencia de una relación análoga a la conyugal.

Entre esas pruebas, que fueron aportadas por el abogado Iván Ventura en representación de la novia, destaca un certificado municipal de convivencia y un estudio de fertilidad, cuya última prueba se remonta a 2012. "Unay vivía conmigo, no con su abuela ni su madre. Estuvimos en tratamiento de fecundación in vitro desde 2010, pero lo dejamos por sus problemas con las drogas", sostiene Sandra, la joven que disputa la indemnización a la familia directa del fallecido. "Nunca me quisieron como nuera", añade, con la finalidad de aclarar por qué no existen fotos de ellos juntos, o por qué no salió en la esquela o no participó en el duelo y demás actos organizados para despedir al joven.

La testigo insiste en que fueron novios durante unos siete años, pero tanto la fiscal como la abogada de la otra acusación, Yaiza Padrón, rechazan que esos argumentos sean suficientes para acreditar un proyecto en común, motivo por el que debe prevalecer el vínculo afectivo con la madre y los tres hermanos. "Todo esto es una artimaña para conseguir un lucro ilícito", replica la letrada.

La aseguradora, en cambio, no entra en cuál de las partes tiene derecho a la responsabilidad civil, pero reduce la indemnización en un 75 % porque la víctima "no llevaba el cinturón o lo tenía mal puesto", sostiene el letrado.

Existe, a su juicio, una "corresponsabilidad de culpas", un "nexo causal" entre la muerte del joven y el mal uso del cinturón de seguridad, porque los otros pasajeros sí lo utilizaron y están vivos.

También señala el abogado que todos asumieron "el riesgo" de coger el coche con "altos niveles de alcohol" para volver de San Bartolomé de Tirajana a Gáldar tras una noche de fiesta.

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