Tres presuntos delitos de maltrato habitual, un delito continuado de amenazas, un delito leve de amenazas y un delito continuado de vejaciones injustas. Estos son los cargos que la magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Telde, Virginia Peña, imputa al exconcursante del programa televisivo Gran Hermano C.N.M. en relación con el trato que dispensaba a su mujer en el año 2017 y a los dos hijos habidos en el matrimonio.

El órgano instructor ha notificado a las partes esta semana el auto que transforma las diligencias previas abiertas en enero del año pasado contra C.N.M. en Procedimiento Abreviado, lo que quiere decir que, tras una larga investigación en la que se ha tomado declaración a las partes, se ha explorado psicológicamente a los menores afectados y se han escuchado las grabaciones telefónicas aportadas, la magistrada entiende que hay indicios racionales de criminalidad contra el investigado (lo que en un procedimiento ordinario ser correspondería con un auto de procesamiento).

La juez de Violencia sobre la Mujer de Telde da traslado de su decisión al Ministerio Fiscal y a las acusaciones particulares personadas en el procedimiento para que en el plazo de 10 días formulen escrito de acusación, ya sea solicitando el archivo de las actuaciones o la apertura de juicio oral.

Si el Ministerio Público presentar cargos, el imputado, de forma inapelable, se sentará en el banquillo de los acusados en una vista oral.

C.N.M. fue detenido el 10 de enero de 2018 en la casa de su hoy expareja en Agüimes (Gran Canaria, Las Palmas) tras una denuncia por presunto maltrato de ésta, y desde entonces se encuentra en libertad provisional. Reside en Barcelona y tiene prohibido cautelarmente comunicarse o acercarse a su ex pareja y a sus hijos.

El auto notificado esta semana considera que la investigación ha evidenciado indicios racionales de criminalidad contra C.N.M., "quien durante la relación matrimonial con la denunciante, mientras convivían en Barcelona, con ánimo de menoscabar la integridad física de ésta, en varias ocasiones la golpeó dándole puñetazos y patadas, llegando a ponerle un ojo morado en una ocasión, y en otra a amenazarla con clavarle el mechero, además de vejarla habitualmente" con insultos de todo tipo.

Afirma la instructora que el acusado violentaba a su mujer en presencia de los dos hijos comunes menores de edad, "quienes también han sido objeto de continuas vejaciones por parte de su padre".

El auto agrega que en el verano de 2017 la denunciante y sus dos hijos menores se instalaron a vivir en Gran Canaria, donde aquella había reanudado su vida sentimental con una nueva pareja. "una vez que el investigado tiene conocimiento de esta nueva relación", detalla, "comienza a llamar de forma continuada a sus hijos para controlar a su exmujer".

La resolución detalla que entre el 10 y el 11 de enero del año pasado, entre llamadas salientes, entrantes y perdidas, el acusado contactó o intentó contactar por teléfono móvil con sus hijos en más de 56 ocasiones.

El artículo 18.1 de la Constitución española, el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 1/1996 y el artículo 16 de la Convención de los Derechos del Niño impiden la difusión de la resolución judicial para preservar el derecho a la intimidad y a la propia imagen de los menores afectados.