El Consejo Rector de Puertos del Estado ha aprobado una propuesta normativa para modificar el Texto Refundido de la Ley de Puertos y de la Marina Mercante (TRLPMM) que incluye, entre otros aspectos, la definición y regulación del servicio de suministro de combustible a buques como un servicio portuario, lo que supone dotarlo de un carácter esencial dentro del entramado de actividades necesarias para la explotación de los puertos. Hasta ahora tienen carácter de servicio comercial.

Esta es una de las decisiones adoptadas por el órgano para adaptar la normativa estatal al nuevo Reglamento de la Unión Europea que actualiza el marco para la prestación de este tipo de servicios y establece normas comunes sobre transparencia financiera. Aunque el texto legal español participa de los mismos principios, es necesario introducir novedades como la del servicio de combustible, según señala Puertos del Estado en un comunicado difundido este jueves.

Además del avituallamiento (que dispondrá de un régimen transitorio para aquellas autorizaciones comerciales que estén vigentes en la actualidad), el Consejo Rector ha aprobado la integración de la recogida de residuos de carga en el servicio portuario de recepción de desechos y la creación de una nueva tarifa por disponibilidad de los servicios portuarios en determinados casos. Por último, se admite la introducción de ajustes relacionados con los requisitos mínimos que deben ser cumplidos en varios aspectos.

Régimen de sanciones

Por último, el órgano también ha elevado varias comunicaciones a la Comisión, tal y como solicitaba la institución europea en el propio Reglamento. En concreto, sobre el régimen de sanciones en caso de incumplimiento de los preceptos comunitarios o su aplicación en los puertos no incluidos en la Red Europea de Transporte, entre otros aspectos.