El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales del Ministerio de Hacienda ha decidido apartar a Vodafone de la adjudicación de los servicios de telecomunicaciones de la Autoridad Portuaria de Las Palmas. En una resolución fechada el pasado 9 de mayo, el organismo que se encarga de resolver los recursos especiales e n materia de contratación pública considera que la propuesta técnica de la compañía de origen británico no se ajusta a lo estipulado en el pliego de y declara nula la adjudicación de un contrato que incluye en total cinco servicios: las comunicaciones fijas de datos, las fijas de voz, las de móviles de voz y datos, la copia en la nube y una plataforma colaborativa de comunicaciones.

El tribunal responde de este modo a una reclamación presentada por Telefónica, compañía que era titular del anterior contrato y que quedó en segundo lugar en la clasificación de las ofertas realizada por la mesa de contratación de la Autoridad Portuaria de Las Palmas. En su reclamación, la antigua operadora pública apuntaba a incumplimientos de Vodafone, tanto en el servicio de comunicaciones de voz (tenía previsto instalar una centralita cuyas características diferían de los requerimientos exigidos) como en el número mínimo necesario de direcciones IP (el código compuesto por varios números que identifica a cualquier dispositivo conectado a la red).

Con respeto al primer punto, la Autoridad Portuaria ya daba implícitamente la razón, al menos de manera parcial, a los argumentos esgrimidos por Telefónica en un informe sobre la adjudicación fechado a comienzos de abril y cuyo contenido se incluye en la resolución del tribunal. El documento, encargado a un profesional externo, reconocía que aunque la comisión técnica "asumió inicialmente" que los equipos propuestos por Vodafone eran capaces de ofrecer taxativamente las prestaciones exigidas en el pliego, tras la reclamación de la otra empresa licitadora se pudo comprobar que no era así.

Las dudas en relación con el número de direcciones IP fueron más difíciles de despejar. El pliego de prescripciones técnicas por el que tenían que guiarse las empresas para elaborar sus ofertas resulta indeterminado para el tribunal. Telefónica realizó una consulta pública al respecto y se le respondió que estaba fijado en un mínimo de 256. Esta contestación estaba incluida en el expediente de contratación sin que, de acuerdo con la resolución, conste el ámbito de publicidad de la misma.

A este respecto, Vodafone sostuvo en todo momento que su oferta incluía una serie de compromisos técnicos que a su juicio le permitían cumplir con la exigencia del número mínimo de direcciones IP que pudiera ser exigido. En cualquier caso, el propio órgano de contratación reconoció que el pliego no exigía un número mínimo y el tribunal recurre a su propia doctrina con otros casos para hacer dar por buenas las explicaciones de la operadora británica.

Para estimar el recurso, el tribunal del Ministerio de Hacienda se basa en el reconocimiento por parte de la Autoridad Portuaria de que la oferta de Vodafone no cumplía el pliego en relación con la centralita. La decisión supone la nulidad de la adjudicación, retrotrae el procedimiento al momento en que se efectuaron las valoraciones y encarga una nueva clasificación de las ofertas una vez excluida la de Vodafone, por lo que el procedimiento se ha quedado con una sola propuesta, la de la antigua compañía pública. La nueva adjudicación tendrá lugar en la reunión del consejo de administración de junio, según fuentes de la institución.