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Entrevista | Iván Ventura Díaz

"Matar a una persona sale gratis cuando se trata de delitos de tráfico"

"Se debe valorar la cualificación del perito para determinar si realmente domina la materia que perita", afirma

Iván Ventura Díaz, letrado especialista en delitos contra la seguridad vial. QUIQUE CURBELO

Forma parte de la publicación 'Best Lawyers 2020' junto a otros 163 españoles, ¿cómo se siente al respecto?

Es un orgullo y un honor estar en una prestigiosa publicación profesional valorada por letrados a nivel nacional y que se publica en cada país. Es una satisfacción porque son muchos años de trabajo y te anima a seguir, sobre todo porque es una lista votada por otros compañeros que ven tu trayectoria y tu perfil profesional.

¿Quién propuso su nombre para ser parte de la lista?

No sé cómo llegué a estar nominado, ya que no puedes presentar tu propia candidatura. Llevo 23 años de ejercicio profesional, he organizado en la Isla varios congresos de seguridad vial y accidentes de tráfico, así como de la responsabilidad penal de la persona jurídica que, es una reforma del Código Penal, en la que las empresas también pueden cometer delitos y por ello tienen que tener el oficial de cumplimiento [ compliance, en inglés], para controlar y prevenir la comisión de delitos.

¿Qué delitos puede cometer una empresa?

Medioambientales, contra hacienda pública, fraudes en las subvenciones, estafas, hay un catálogo amplio de delitos que pueden generar problemas para la empresa. Si lo comete un empleado, en ese caso va contra ese trabajador, si está identificado, y contra la empresa. Tras la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cuando se investiga a una compañía, esta tiene que designar un representante para explicar ante el juzgado qué es lo que ha hecho la empresa, así como aportar, en caso de tenerlo, el manual de cumplimiento y si no lo tiene, durante la fase de instrucción, se pueden implementar esas medidas y ser una atenuante.

Ha realizado estudios en Estados Unidos, ¿qué le atrae del derecho norteamericano?

El tema del derecho comparado, en mi ámbito de actuación, me sirve mucho en dos aspectos, primero en los accidentes de tráfico, porque hay mucho sobre la biomecánica del impacto, es decir, cómo afecta un accidente al cuerpo humano y qué posibles lesiones se puede tener. Eso es algo muy estudiado en EE UU, y a España se extrapola en la forma de interrogar. Los estudios que he hecho allá son con respecto a las técnicas de interrogatorio, tanto a peritos ingenieros como a médicos.

¿Cambiaría algo de las leyes españolas?

Fundamentalmente, valorar la cualificación del perito y determinar si realmente domina la materia que va a peritar, eso en España no existe, pese a estar regulado en el Código Civil. Prácticamente cualquiera dice que es perito y muchas veces no dominan el tema. En cambio en EE UU, antes de hacer el juicio se realiza una evaluación sobre las aptitudes del perito.

¿Está de acuerdo con la prisión permanente revisable?

Ese tipo de condenas me parecen bien. Hemos visto como algunas personas no se reinsertan en la sociedad en temas de delitos sexuales, pero, además, pasa en delitos económicos, ya que se piensa que no es algo tan grave. No sé realmente si la prisión permanente revisable funcionará en España o no, pero vemos cómo realmente se está reincidiendo en demasiados tipos de delitos.

¿Qué casos le han impacta- do durante su trayectoria profesional?

La muerte de un niño envenenado que, además, sufrió una imprudencia en el tratamiento médico asistencial por un médico que ya está imputado, pero tenemos seis años en fase de instrucción y la familia sigue sufriendo ya que es un tema que reviven cada año.

¿Cómo mejorar el retraso procesal?

Con más personal y mayor dedicación, ese retraso se adelantaría, pero seguimos teniendo partidos judiciales en Guía, Arucas y San Bartolomé de Tirajana donde el retraso suele ser de muchos años.

Con respecto a delitos de tráfico, ¿cree usted que deberían ser más estrictas las leyes?

Matar a una persona sale gratis cuando se trata de delitos de tráfico. Con la reforma de 2015, las imprudencias de los accidentes viales ya no se recogen en nuestro Código Penal y nos traslada a delitos leves o graves y conseguir que se tramite un delito leve es complicado. Por ejemplo, en el caso de una joven que quedó en coma, víctima de un accidente de tráfico, se resolvió la responsabilidad civil pero no la penal, incluso se archivó por un juzgado de instrucción, aunque ya recurrimos y estamos pendientes de señalamiento de juicio.

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