El acusado por abusar sexualmente de su sobrina menor de edad, que en el momento de los hechos tenía 11 años, ha sido condenado a cuatro años y un día de prisión y a otros cinco de libertad vigilada por la Sección II de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria.

Además, deberá abonar la cantidad de 30.000 euros en concepto de "responsabilidad civil" y por los "daños morales" ocasionados a la víctima, que, según el informe pericial de los Servicios de Salud Mental, ha sufrido una "huella psicológica" que podría afectar a su "desarrollo psicosexual". debido a la secuela que los abusos le han ocasionado.

El condenado no podrá acercarse a menos de 500 metros de la menor por un tiempo de cinco años, ni establecer contacto con ella por cualquier medio de comunicación, informático o telemático o contacto "escrito, verbal o visual" por el mismo tiempo. Se le impone también la inhabilitación para desempeñar cualquier "profesión u oficio", con o sin retribución económica, que implique contacto "directo" con menores de edad, por un tiempo de seis años. Así mismo queda inhabilitado pa-ra ejercer el derecho al sufragio pasivo.

El hombre, que responde a las iniciales S.A.L.M., reconoció haber cometido los hechos antes incluso de iniciarse el pro-cedimiento penal, cuando los padres de la menor acudieron a pedirle explicaciones y confesó el delito. También reconoció su culpabilidad ante la Sala, lo que, sin llegar a considerarse como "circunstancia atenuante", sí que fue tenido en cuenta a la hora de concretar la pena míni- ma. Según dicta la misma sentencia, la confesión inicial y voluntaria del acusado evitó tener que "someter a la menor" a un nuevo interrogatorio, lo que hubiera contribuido a aumentar la "victimización secundaria" de la joven.

Responsabilidad civil

Antes del juicio oral, el acusado ya había abonado la mitad de los 6.000 euros que solicitaba el Ministerio Fiscal en un primer momento en concepto de responsabilidad civil. Si bien, una vez transcurrido el proceso judicial, la juez consideró que la cantidad inicial era "muy escasa", teniendo en cuenta "la huella psicológica", motivo por el que se elevó la multa a 30.000 euros.

Los hechos ocurrieron entre julio y diciembre de 2016, cuando la menor contaba con 11 años de edad y acudía con frecuencia a casa de su tío, quien aprovechaba para realizarle "tocamientos" en sus "órganos genitales". La psicóloga forense que la examinó durante el proceso estableció que la joven presenta signos de un "principio de depresión" tras haber padecido una experiencia traumática.

A lo largo del juicio, el acusado incurrió en numerosas contradicciones, si bien la perito que evalúo al acusado llegó a la conclusión de que este presentaba "un intelecto bajo, rozando la discapacidad leve", hecho que, nuevamente, no se consideró como una circunstancia atenuante.