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Aval del Constitucional a seis marineros absueltos tras cuatro años en prisión

El Estado les había negado el derecho a una indemnización por el tiempo que pasaron en la cárcel acusados de formar parte de una red que traficaba con cocaína

Sesión del juicio celebrado en 2009 en la Audiencia de Las Palmas. LP / DLP

El Tribunal Constitucional acaba de dar la razón a seis marineros en la batalla que libran desde hace más de una década contra el Estado español para ser indemnizados por haber pasado cuatro años en la cárcel por un delito del que fueron finalmente absueltos. En una sentencia fechada el 16 de diciembre del año pasado, la sala segunda estima el recurso presentado por la representación legal de Pavel Kulbida, Alimbek Telibaev, Victor Bakharev, Victor Tikhonov, Michel Angelo Ahumada Vásquez e Igor Petrov, que desde 2010 reclaman a la Administración cantidades millonarias a modo de desagravio por el tiempo sufrido en prisión provisional.

Los seis formaban parte de la tripulación del buque IBY-1, abordado por las autoridades españolas en la madrugada del 13 de octubre de 2005 mientras transportaba tres toneladas de cocaína. En 2009 fueron juzgados por la Audiencia de Las Palmas junto al armador del buque, el empresario Nicasio Perdomo, y los cabecillas de la organización delictiva que trataba de introducir el estupefaciente en España.

La sentencia, que condenaba a Perdomo y a otras cuatro personas, eximía a los marineros porque fueron utilizados "de forma ruin por parte del capitán y el armador para el trasvase de la droga". De hecho, ni siquiera les esperaba un beneficio económico, ya que de acuerdo con el ponente, Emilio Moya, "todo apunta a que no iban a recibir ni un euro".

Tras el fallo de la Audiencia, los marineros arrancaron el proceso para solicitar indemnizaciones por responsabilidad patrimonial del Estado debido al tiempo que pasaron en prisión provisional, con cantidades que oscilaban entre 759.384 y 1.432.338 euros. Primero se dirigieron al Ministerio de Justicia, que en abril de 2011 rechazó la petición a través de su Secretaría de Estado al considerar que no tenían derecho porque "no se trata del supuesto de inexistencia del hecho imputado".

El siguiente paso tuvo lugar en la Audiencia Nacional, cuya Sala de lo Contencioso-Administrativo estudió el recurso presentado por los marineros y también acabó por desestimarlo en diciembre de 2012 esgrimiendo argumentos similares. De acuerdo con la resolución, habían sido absueltos por insuficiencia de las pruebas practicadas, no por "la convicción del juzgador sobre la falta de participación" en los hechos delictivos, por lo que a juicio de la sala no se cumplían los requisitos que exige la legislación.

El último procedimiento antes de que el caso llegara al Constitucional tuvo lugar en el Supremo, ante el que los marineros elevaron un recurso de casación. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal lo inadmitió a través de un auto en septiembre de 2013, lo que les llevó a presentar la demanda de amparo que acaba de resolver el Constitucional basándose en una sentencia reciente del mismo tribunal similar a esta tanto en el objeto del recurso como en los planteamientos de las partes. La sentencia, en cualquier caso, no especifica las cantidades de la indemnización que deben recibir los marineros y remite todo el procedimiento "al momento anterior al dictado de la última resolución". El caso deberá ahora regresar al Supremo, según señaló ayer la representación legal de los marineros.

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