La Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria ha tramitado durante las tres semanas que llevamos del vigente estado de alarma un total de 1.756 denuncias por incumplir las medidas establecidas por el Gobierno central para evitar la propagación del coronavirus.

Estas actuaciones se enmarcan en los controles que está llevando a cabo la Policía Local, en coordinación con el resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad desde que se declarara el pasado 14 de marzo el estado de alarma, para informar a la ciudadanía sobre las limitaciones de circulación en la vía pública y evitar el tránsito de personas en casos no autorizados.

La evolución en el número de denuncias que ha tenido que tramitar el Cuerpo de seguridad local ha sido 538 denuncias la primera semana, 693 la segunda semana y 525 denuncias en la última semana, con una media diaria de 83 denuncias, todas ellas por incumplimiento del estado de alarma.

La Policía Local ha identificado en los diversos controles que a diarios se realizan en la capital un total de 9.668 personas que circulaban por los espacios públicos de la ciudad, de las cuales además de los 1.756 denunciados, también 11 personas han tenido que ser detenidas por incurrir en un presunto delito de desobediencia grave, al negarse a colaborar con los agentes al pedirles que se identificaran y que abandonaran la vía pública.

La Policía Local recuerda que, mientras se encuentre vigente el estado de alarma, la circulación por la vía pública fuera en casos no autorizados implica una sanción por infringir la ley de protección de la seguridad ciudadana cuya cuantía mínima es de 601 euros. Mientras que, en el caso de desobedecer gravemente las instrucciones de los agentes, el delito de desobediencia grave implica penas de hasta un año de prisión.

- Asimismo, el Cuerpo local de seguridad ha recordado que la circulación por las vías y espacios públicos debe realizarse de forma individual, salvo para acompañar a menores, mayores, personas discapacitadas u otras causas debidamente justificadas, y únicamente en los casos siguientes:- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.- Retorno al lugar de residencia habitual.- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.