El Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria ha procesado a los empresarios Miguel Ángel Ramírez y Héctor de Armas, antiguos responsables de Seguridad Integral Canaria, por un fraude que la Seguridad Social y Hacienda cifran en más de 37 millones de euros.

En un auto facilitado ayer por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el magistrado Arcadio Díaz Tejera solicita a la Fiscalía y a las demás partes que formulen sus correspondientes escritos de acusación o de solicitud de archivo del caso.

En el auto que da por concluida la instrucción, que puede ser objeto de recurso de forma en un plazo de tres días, el magistrado pide que se inicien los trámites como procedimiento abreviado por considerar "razonable" la acusación contra el también presidente de la UD Las Palmas y su antiguo socio.

Según la querella que dio origen a la causa, Seguridad Integral Canaria eludía "importantísimas" cantidades a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, al "disfrazar" de dietas el abono de las horas extraordinarias de sus trabajadores. Explica el juez en el auto que "la normativa reguladora del IRPF exime de gravamen 'las dietas y asignaciones para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia'. En realidad, lo que hace la norma tributaria es tener en cuenta que las cantidades pagadas por estos conceptos resarcen al trabajador de gastos en los que ha incurrido en el desempeño de sus funciones. Como quiera que no constituyen manifestaciones de la capacidad económica, sino compensación de gastos, no deben someterse a tributación". Para que la Agencia Tributaria admita la exención, es necesario cumplir una serie de requisitos. La querella señalaba que "la entidad [en referencia a la empresa], a través de su representante, manifestó no disponer de la documentación acreditativa de los extremos que la normativa tributaria exige a los efectos de admitir la exención de las dietas. Entre otra documentación solicitada, no se ha aportado la justificación del lugar al que se desplazaron los trabajadores que recibieron pagos en concepto de dietas".

La Fiscalía acusaba a Ramírez y De Armas de haber llevado a cabo esta práctica durante los años 2008 y 2009, si bien las responsabilidades relativas al primer año han prescrito. Después se investigó si la empresa efectuó estas mismas maneras ilícitas de 2010 a 2013, periodo en el que la Seguridad Social asegura que Seguridad Integral Canaria cotizó por sus trabajadores 13,74 millones de euros menos de lo debido.

Por su parte, la Agencia Tributaria sostiene que Seguridad Integral Canaria dejó de pagar en esos cuatro años gracias a esas prácticas 6,57 millones de euros en concepto de IRPF de sus trabajadores.

A todo ello se acumuló una nueva línea de investigación cuando el Tribunal Supremo anuló el convenio colectivo que permitía a la empresa entonces de Ramírez pagar salarios muy por debajo de los que abonaban las compañías sujetas al convenio estatal del sector de la seguridad privada.

Esos salarios inferiores a los de la competencia los había establecido Seguridad Integral Canaria en un convenio de empresa que supuestamente tenía como finalidad "reflotar" la compañía en medio de la crisis económica. Sin embargo, el instructor aprecia que solo supuso sacrificios para la plantilla, mientras que se producía "un aumento significativo del beneficio empresarial y una mejora de Seguridad Integral Canaria en su posición competitiva frente a otras empresas del sector". Según la Seguridad Social, por esa vía la empresa dejó de cotizar 17 millones de euros entre 2013 y 2017.

Por este procedimiento han pasado otros nueve jueces, si bien sus tres principales instructores fueron Victoria Rosell, Salvador Alba y Carla Vallejo. El segundo de los citados, Salvador Alba, fue condenado a seis años de cárcel porque ofreció beneficios a Ramírez en esa causa a cambio de que declarara en cuestiones que perjudicaron a la primera instructora, Victoria Rosell, cuando se presentó por Podemos al Congreso.

Díaz Tejera en su auto considera que la información acumulada en la causa es "suficientemente sólida" al amparo de los informes aportados por el Ministerio Fiscal, apoyados a su vez en los que efectuó la Inspección Financiera y Tributaria, así como la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el conjunto de sus declaraciones repartidas en 21 tomos, así como el aportado por el perito privado.