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Análisis

Los árboles que no vemos

El último caso de una tala de una palmera en La Orotava recuerda a las de la Vega de San José, a los Laureles de Indias y otros Ficus de Tejeda o el lamentable caso del Pino de la Plaza de San Mateo

Manifestación en Tejeda contra el traslado de árboles en mayo de 2018 JUAN CASTRO

La capacidad del planeamiento en Canarias para ocultar los árboles empieza a ser catastrófica en estos tiempos de cambio climático y transición ecológica. El ejemplo más reciente lo tenemos en la tala de una palmera histórica y centenaria incluida en el Catálogo de Árboles Monumentales del Cabildo de Tenerife (aprobado definitivamente en el año 2000) y ubicada en el corazón del casco histórico de La Orotava.

Este ejemplar de 23 metros de altura cuya copa pugnaba con la cúpula de la torre del cercano ex-convento de San Agustín, se volvió peligrosa para la ciudadanía -a pesar de los cientos de años resistiendo temporales-, supuestamente, tan pronto pasó el solar en que crecía a propiedad de una constructora e inmobiliaria, miembro de un holding empresarial muy arraigado en el sur de Tenerife.

Un argumento de peso para su tala fue el riesgo de caída para la seguridad de las personas y viandantes del callejón de Santo Domingo o sobre el edificio histórico colindante, pero nos asiste la duda de que la otra razón de peso (especulativa y económica ésta) podría ser el estorbo que implicaba el situarse en un solar categorizado en el Plan Especial de Protección del Casco Histórico (PEPCH) de La Orotava (aprobado definitivamente en el año 2009) como "Espacio Libre de Santo Domingo" y destinado a convertirse en una plaza con aparcamiento subterráneo en dos plantas para 82 plazas de vehículos, dato este último que curiosamente no figura en el informe municipal que facilitaba su tala.

En todo el archipiélago, esta combinación de Espacio Libre más aparcamientos ha significado el trasplante, cuando no la tala directa o su caída y muerte, de múltiples ejemplares arbóreos. Recuérdese el reciente caso de las cinco y últimas palmeras canarias de la Vega de San José en Las Palmas de Gran Canaria, o el caso de los Laureles de Indias y otros Ficus de la plaza de Tejeda o el lamentable caso del Pino de la Plaza de San Mateo. Eso entre los que ya sucedieron. Y entre las que aún caerán bajo esta combinación arboricida, un ejemplo es el previsto en el barrio histórico de San Roque en Las Palmas de Gran Canaria, entre la calle Farnesio y Fama, por parte del PGO. Allí perviven dos eucaliptos y un laurel de Indias provenientes de la celebración de una Fiesta del Árbol en 1913 propiciada por la Sociedad Fraternidad y el ayuntamiento que presidia López Botas, empeñado en repoblar los Riscos de la ciudad.

En todos estos casos, los planes de ordenación de estos municipios -ya sean planes generales o planes especiales- invisibilizan estos elementos patrimoniales (ni aparecen en los planos ni se recogen en los textos) dejando así ciegos para decidir a los distintos organismos técnicos y a la ciudadanía que informan y presentan alegaciones a estas dotaciones. En el caso de La Orotava, el PEPCH no incorporó tan siquiera los árboles del Catálogo Monumental, elaborado nueve años antes que éste -al menos cinco ejemplares entre dragos y palmeras centenarias- y que remitía las medidas de protección al ámbito municipal.

Si así hubiese sido, los riesgos para las personas por una posible caída podrían haberse evitado incorporando medidas como arcos metálicos de protección o riostras cableadas a puntos cercanos. Estas medidas preventivas permiten, por ejemplo, visitar el patio de la Catedral de Barcelona o el archivo cercano de Santa Lucía bajo palmeras centenarias que siempre podrán significar un peligro potencial para los visitantes. Allí predomina el valor de esta infraestructura natural como referente paisajístico del cielo de la ciudad, entre otros, uno de los objetivos de los planes especiales de protección del patrimonio histórico de un casco urbano.

Para más abundancia, aunque en la anterior ley 4/1999 de Patrimonio Histórico no se recogía expresamente la necesidad de catalogar los elementos vegetales de los cascos históricos, la reciente ley 11/2019 de Patrimonio Cultural de Canarias lo incorpora expresamente en su artículo 38.2 y en su disposición transitoria sexta obliga a todos los planes especiales aprobados con anterioridad a esta ley a adaptarse a la misma. Si el PEPCH de La Orotava se hubiese adaptado quizás no hubiese sido necesario talar un ejemplar tan señero del cielo de La Orotava, esa maravilla de paisaje híbrido entre lo natural y lo construido tan elogiado desde la época de Alejandro Humboldt.

Otro elemento de decisión discrecional de estos espacios libres contra aparcamientos es como puede calificarse en esta categoría un solar donde existen valores patrimoniales siendo conscientes del escollo que significarán para la ejecución de las obras previstas. En la sentencia del Tribunal Supremo 1022/2016 sobre espacios libres y aparcamientos se recuerda al planificador que éstos deberán estar exentos de valores patrimoniales al convertir su subsuelo en edificable impidiendo así el desarrollo vegetal.

En acertada frase de mi amigo escritor y poeta Juan Carlos de Sancho, "todo árbol es, ante todo, el impulso de la tierra por alcanzar el cielo" y, en los casos de estos ejemplares centenarios, ¡vaya si lo han conseguido! Es por eso que el planeamiento y sus redactores y ejecutores debieran dar una oportunidad a estos ejemplares de seguir perpetuándose.

En tiempos de Transición Ecológica y Cambio Climático tendríamos que dejarles seguir respirando.

Carlos Suárez Rodríguez. biólogo

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