El titular del juzgado de instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria, Arcadio Díaz Tejeda, ha solicitado la apertura de juicio oral contra los empresarios Miguel Ángel Ramírez y Héctor de Armas, exresponsables de la compañía Seguridad Integral Canaria, por un presunto fraude que la Seguridad Social y el Ministerio de Hacienda calculan en casi 37 millones de euros.

En un auto del pasado 9 de octubre el juez solicita a ambos empresarios una fianza de 50 millones de euros, la misma cantidad que exige también a Seguridad Integral Canaria para garantizar las responsabilidades económicas en caso de producirse una condena. Los imputados están citados el 5 de noviembre en el juzgado de instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria para comunicarles la resolución.

La apertura del juicio oral está pendiente de la resolución de un recurso presentado por Miguel Ángel Ramirez ante la Audiencia Provincial de Las Palmas en el que el empresario, propietario de la Unión Deportiva Las Palmas, argumenta que está exento de cualquier responsabilidad penal porque carecía de poderes administrativos en Seguridad Integral Canaria en el transcurso de parte de los años en el que se le imputan las responsabilidades, entre los ejercicios de 2009 y 2017, por presunto fraude a la Seguridad Social y Hacienda.

“Cualquier atribución de responsabilidad es improcedente y carece de fundamento pues no solo resulta evidente que no ostentaba el cargo de administrador de derecho de la mercantil, sino que ninguno de los datos esgrimidos como indicios de criminalidad se refieren a una supuesta administración de hecho”, se expone en el recurso presentado por los representantes legales de Miguel Ángel Ramírez, de cuya resolución ante la Audiencia Provincial depende la celebración del juicio oral que se prevé tras el cierre de la instrucción del juez Díaz Tejeda.

El inicio del juiico oral sobre este caso también depende de la resolución final del Tribunal Supremo tras la condena del Tribunal Superior de Justicia de Canarias al magistrado Salvador Alba por prevaricación, cohecho y falsedad en documento oficial.

El juez Alba fue acusado de dar instrucciones al empresario y presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez, para perjudicar a la por entonces también diputada de Podemos Victoria Rosell, a la que había sustituido en sus funciones, e iniciar en 2015 un procedimiento en su contra. Esas conversaciones fueron grabadas por parte de Miguel Ángel Ramírez y se hicieron públicas, dando inicio posterior a esta actuación judicial.

Tanto Salvador Alba como Victoria Rosell participaron como instructores en el caso que ahora ha concluido el titular del juzgado de instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria por lo que de confirmarse la condena impuesta contra el magistrado la defensa de Miguel Ángel Ramírez prevé aplicar la teoría del “árbol envenenado”. Es decir, todo el proceso judicial estaría contaminado por lo que se tendrían que anular las instrucciones, por afectar no solo a la transparencia de las actuaciones llevada acabo sino a las plenas garantías para la defensa de los imputados.

Según la querella que dio origen a la causa, Seguridad Integral Canaria eludía "importantísimas" cantidades a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, al "disfrazar" de dietas el abono de las horas extraordinarias de sus trabajadores. Explica el juez en el auto que "la normativa reguladora del IRPF exime de gravamen 'las dietas y asignaciones para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia'. En realidad, lo que hace la norma tributaria es tener en cuenta que las cantidades pagadas por estos conceptos resarcen al trabajador de gastos en los que ha incurrido en el desempeño de sus funciones. Como quiera que no constituyen manifestaciones de la capacidad económica, sino compensación de gastos, no deben someterse a tributación".

Para que la Agencia Tributaria admita la exención, es necesario cumplir una serie de requisitos. La querella señalaba que "la entidad [en referencia a la empresa], a través de su representante, manifestó no disponer de la documentación acreditativa de los extremos que la normativa tributaria exige a los efectos de admitir la exención de las dietas. Entre otra documentación solicitada, no se ha aportado la justificación del lugar al que se desplazaron los trabajadores que recibieron pagos en concepto de dietas".

Por esta instrucción tan compleja y enrevesada han pasado hasta ahora diez jueces.