El Pleno del Ayuntamiento tomó cuenta ayer de la aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) con una modificación que permitirá que el Consistorio descuente hasta en un 50% la factura del IBI a aquellos ciudadanos y empresas que instalen placas solares a partir del próximo 1 de enero.

El objetivo, aseguró la concejala de Economía y Hacienda, Encarna Galván, es “fomentar el uso de las energías renovables para continuar mejorando la calidad del aire del municipio mediante medidas fiscales verdes que ayuden a generar empleo en este sector estratégico”.

Galván recordó que Las Palmas de Gran Canaria tiene más de 4.800 horas de sol, por lo que la instalación de placas solares en una vivienda unifamiliar, con una potencia instalada en su tejado de 5 kWp, puede evitar anualmente 1,9 toneladas de CO2 al año, y en el caso de una empresa 76,72 toneladas de CO2.

Tras el periodo de exposición pública, la modificación de la normativa municipal, ha sido aprobada sin recibir ninguna alegación. De esta manera, los ciudadanos y empresas podrán solicitar desde el 1 de enero una bonificación del IBI de inmuebles de uso residencial de hasta un 50% de su factura durante un periodo de tres años, a excepción de los inmuebles de uso distinto cuya rebaja será de un máximo de 6.000 euros.

Asimismo, aquellos ciudadanos o sociedades que cuenten ya con sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar desde 2018 deberán solicitarlo en los tres primeros meses de 2021 y podrán disfrutar de esta rebaja durante un año.

Desde el Área de Economía y Hacienda recuerdan que la bonificación tanto por el uso de placas solares, como la rebaja por familia numerosa es compatible siempre que no supere un 50% de la cuota íntegra de la factura. Además, la modificación de esta normativa ha permitido ampliar el número de beneficiarios de familias numerosas.

A partir de ahora la condición para beneficiarse de esta bonificación, que ya estaba en la actual norma, será durante la vigencia del título oficial de familia numerosa y se regula de forma más precisa los supuestos de separación, divorcio o nulidad y custodia compartida. En estos casos la reducción del IBI seguirá siendo entre el 30 y el 50% y se aplicará alternativamente a cada uno de los progenitores que acrediten título de familia numerosa, previa solicitud que habrán de realizar con anterioridad al 31 de diciembre de cada año. Asimismo, los hijos podrán estar empadronados en cualesquiera de los inmuebles en los que estuvieran registrados sus progenitores.