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Tribunales

La acusación señala que el buque era un depósito ilegal de residuos

El letrado de la Abogacía del Estado asegura que en el ‘Poong Lim’ se guardaba el combustible de otros barcos para ahorrarse el tratamiento de los vertidos

Los acusados Ezequiel R.S. y Ana María L.L. durante el juicio en su contra

El letrado de la Abogacía del Estado señaló este viernes en su informe de conclusiones finales que el ‘Poong Lim’ era utilizado por sus dueños como un “depósito ilegal de combustible”. En la última sesión del juicio que se sigue contra el matrimonio Ezequiel R.S. y Ana María L.L. propietarios de la empresa Charter Marítimo Archipiélago Canario SL y del barco hundido el 20 de enero de 2016 en el Puerto de Las Palmas, el letrado de la acusación popular manifestó que las muestras no coincidían al 100% con la embarcación porque provenían de residuos de hidrocarburos “de distinta procedencia” con el fin de “sacar un rédito económico en el mercado que no es el legal o para ahorrarse los costes que suponen llevar estos residuos a las plantas de tratamiento”.

Un planteamiento con el que concuerda el fiscal delegado de Medio Ambiente, Carlos Fernández Seijo, el cual apuntó que el buque tenía 171 toneladas de aguas oleosas de las que 123 eran fuel, lo que significa que contaba con “unas cantidades muy por encima de las normales en su interior” por lo que agregó que el pecio estaba “destinado para el almacenamiento de combustible de otros buques propiedad de Charter o que estaban comprometidos para otras personas”. Además, reseñó que desconoce la razón por la que se hundió el pesquero coreano que estuvo en el Puerto desde 2009 hasta su hundimiento y posterior desguace en 2016 y explicó que los únicos responsables de la embarcación eran los propietarios. 

De igual forma, expresó que el barco de 50 metros de eslora y que data de 1960 estaba “desatendido”. A su vez, rechazó la teoría de la defensa de que el hundimiento se produjo a consecuencia del robo de unas válvulas de la toma de agua porque de haber tenido una “entrada masiva” del vital líquido, como apuntaron los expertos de la defensa, “no hubiese tardado una hora y media en hundirse”. El fiscal se decantó por la tesis de los peritos de la acusación quiénes señalaron que la embarcación tenía agujeros en el casco que, aunque eran pequeños, pudieron dar lugar a la entrada de agua de manera lenta por lo que se fue hundiendo poco a poco. 

Los acusados utilizaron el derecho a la última palabra para sostener que tanto el presidente de la Autoridad Portuaria, Luis Ibarra, como el exdirector de la misma Salvador Capella les han “montado una persecución” para lograr que estos dejaran el contrato que tenían con el Puerto y que es por eso que “desde el minuto uno se acusó a la empresa de ser la culpable” del vertido. “No hubo presunción de inocencia en nuestro caso. Ibarra se encargó de hacer una campaña de acoso contra mi empresa con todos los prejuicios que eso nos ha acarreado”, manifestó Ana María L.L. a la vez que pidió a la magistrada que hiciera “justicia” en su caso y es que, a su juicio, la directiva del Puerto ha “mentido”. 

Por su parte, Ezequiel R. S. añadió que desde su empresa se han “dejado la sangre” para cumplir con el contrato de control, supervisión, vigilancia y extracción de residuos oleosos de los buques que supusieran un peligro en el puerto. “He tenido una persecución implacable, un quítate que vienen nuestros amigos”, apostilló el acusado.  

La Fiscalía solicitó un año y 11 meses de prisión y una multa de 3.150 euros para los dos acusados por un delito contra el medioambiente y los recursos naturales y una multa de tres millones de euros para la empresa de ambos. Mientras que, en concepto de responsabilidad civil pidió que la Autoridad Portuaria sea indemnizada de forma conjunta y solidaria por los encausados respecto a los gastos ocasionados por la limpieza y reflote del pecio de su propiedad que ascienden a 1.5 millones de euros. Los letrados de las defensas interesaron la libre absolución de los acusados y de la empresa. El juicio quedó visto para sentencia.

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