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SEGURIDAD

El juez obliga a indemnizar a un bombero por hacer una labor superior a su categoría

El cabo ejerció como sargento cuatro años, lo que según CCOO refleja la falta de personal

Bomberos en un simulacro de rescate en el Puerto

Una reciente sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Ayuntamiento capitalino a indemnizar a un trabajador del cuerpo de bomberos por haber realizado labores superiores a las de su categoría durante cuatro años.

A juicio de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras Canarias (CCOO), esta resolución viene a confirmar la endémica situación de falta de personal del cuerpo de seguridad y emergencias del ayuntamiento capitalino.

La denuncia fue presentada por FSC-CCOO en nombre de un cabo de bomberos que realizó funciones de sargento, superior categoría, desde mayo de 2015 a mayo de 2019.

El fallo de la sentencia es claro y contra el mismo no cabe recurso, por lo que se condena al ayuntamiento a retribuir al bombero las diferencias de complemento específico y de destino correspondientes a los periodos no prescritos, por el desempeño de las funciones de sargento, más los intereses legales desde la fecha de reclamación previa e imponiendo costas a la administración. Obligación de la presencia de un sargento.

La resolución judicial recuerda que, según las instrucciones de organización del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS) del propio Ayuntamiento, “en cada guardia habrá siempre un sargento al mando que estará en el parque central, desde el que dirigirá al servicio de los parques central y zonales, siempre con la autonomía necesaria, caso de no estar disponible el superior criterio de los suboficiales responsables del SEIS”.

Sin embargo, la ausencia de un sargento ha venido ocasionado que el cabo tuviera que realizar funciones que no se corresponden con su categoría, como colaborar en los trabajos de supervisión y control de los parques u otras dependencias del servicio; realizar las funciones de inspección del material que se dispone en las dependencias a su cargo según las instrucciones recibidas; verificarel buen estado de las medidas de prevención; manejar equipos que requieren un alto grado de especialización; aplicar la tramitación y gestión, los medios tecnológicos puestos a su disposición; o proponer al superior jerárquico cuantos cambios como si necesarios para la mejor eficacia del servicio.

La sentencia invoca una resolución del Tribunal Supremo que recuerda que "es una práctica imputable a la propia Administración, que es la que debe asegurar la correcta provisión de los puestos de trabajo necesarios para el cumplimiento de sus funciones y crear las condiciones en las que no exista la posibilidad o la necesidad de que funcionarios destinados en un determinado puesto realicen las tareas de otro.”

Según el representante de CCOO, Víctor Monzón, las 31 plazas de funcionarios que acaban de terminar el proceso selectivo no palian en absoluto la falta de personal del cuerpo, dado que desde que salió la convocatoria en 2018 hasta ahora, les quedan seis meses de formación en academia, para luego ser incorporados en plantilla definitivamente. Mientras tanto, se han jubilado más de 25 bomberos, a los que se suman los fallecimientos y las bajas definitivas por incapacidades en el servicio, además de las próximas jubilaciones.

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