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Tribunales

La jueza ratifica la sanción contra Endesa por mantener la central de La Cícer sin licencia

La jueza rechaza un nuevo recurso de Endesa, que debe pagar 25.000 euros al Ayuntamiento

Imagen de archivo de la subestación de Endesa ubicada en La Cícer Juan Castro

La jueza del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 ha ratificado la sanción impuesta por el Ayuntamiento capitalino contra Endesa por mantener la central de La Cícer después de que una resolución municipal le ordenase a paralizar la actividad. De esta manera, desestima el auto interpuesto por la empresa contra el acuerdo de la Junta de Gobierno del Consistorio, que incoó el expediente sancionador de 22.500 euros a la compañía eléctrica.

El fallo confirma que nunca se concedió la licencia a la empresa para que ejecutase la actividad

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El Área de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento abrió este expediente a Endesa el pasado 25 de junio de 2020 debido a que la empresa no contaba ni con la licencia, ni con autorización alguna por parte del Consistorio para mantener su actividad en la parcela situada en entre las calles Pizarro, Secretario Padilla, Espartero y el paseo de Las Canteras. Esto después de que la compañía incumpliese una resolución municipal que le obligaba no sólo a la paralización, sino al cierre de la actividad en La Cícer.

Para la magistrada no hay cabida para un debate y declara «la ilegalidad» de la subestación

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El fallo revela, además, que la central eléctrica nunca tuvo permiso para ejercer en La Cícer ya que la compañía «no ha probado» durante el procedimiento judicial que estuviese dentro del «régimen urbanístico». «Aunque se insista en que el uso siempre ha sido permitido y que, por tanto, se trata de seguir desarrollando la actividad, lo cierto es que la licencia de apertura nunca se concedió y el uso al que se ha venido destinando la edificación ha sido siempre clandestino», recalca la sentencia.

Endesa reconoció que en los distintos planes de ordenación urbana «se ha dejado por fuera la parcela donde se ubica la subestación», motivo por el que se negó la licencia a la empresa para el ejercicio de la actividad que desarrolla desde 1928. Asimismo, la jueza rememora que es «cierto que existe desde hace muchos años» esta central «amparada exclusivamente en una licencia de obra como pequeña ampliación» de la existente en La Cícer. Sin embargo, «desde el Plan General de 1962 está reconocida como fuera de ordenación, completamente ilegalizable y dicha actividad no podría obtener licencia de apertura». Por ello, la jueza ha resuelto desestimar el recurso de apelación y confirmar la sentencia de instancia. Y es que entiende que constituye «un hecho revestido de autoridad» que la actividad desarrollada por Endesa es «ilegal» al carecer de su preceptiva licencia, «sin que quepa reabrir el debate sobre dicha cuestión». 

También recalca que la actividad de transformación y distribución de energía eléctrica desarrollada por Endesa «es susceptible de producir ruidos o vibraciones, por lo que es molesta y potencialmente peligrosa por riesgo de explosión». La empresa alegó que no había infracción alguna ya que «existe una obligación técnica y jurídica de mantener la subestación en funcionamiento», por lo que la resolución del Consistorio vulnera, para ellos, el principio de responsabilidad. Pero, según el fallo, «no es objeto de discusión» que la central presta «un servicio público esencial y que abastece de energía eléctrica a un sector importante de la población». Es esto lo que ha determinado que la actividad se haya mantenido pese a su carácter «ilegal e ilegalizable». 

Denuncia en 2009

Esta resolución -ante la que no cabe interponer recurso- es una más de las que da la razón al Ayuntamiento. En 2010 el Consistorio denegó la licencia a Endesa para mantener la subestación en Guanarteme después de que la Asociación Ciudadana Recuperar La Cícer, bajo la asistencia del letrado Yeray Alvarado, denunciaran en 2009 la «clandestinidad» de la central por carecer del permiso correspondiente. Fue el mismo Juzgado Contencioso-Administrativo número 4 el que en 2014 rechazó el recurso interpuesto por la empresa para evitar el cierre de la subestación.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ordenó en 2019 la apertura de un expediente sancionador a la empresa eléctrica, el cual fue incoado con posterioridad por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento por un valor de 25.000 euros. En febrero de este año el TSJC volvió a dar la razón al Consistorio tras desestimar una vez más el recurso presentado por la compañía y obliga a Endesa a trasladar la subestación. Desde el área de Urbanismo del Ayuntamiento también han requerido a la empresa que elabore un plan de traslado, mientras que en la nueva resolución se señala que la compañía eléctrica no ha probado tener «iniciativa alguna» para facilitar el cambio de ubicación de la central. A juicio de la magistrada, la compañía «pretende perpetuar en el tiempo» el desarrollo de la actividad «ilegal». Será la compañía la que se haga cargo de las costas del procedimiento por un máximo de 1.500 euros.

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