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Movilidad

El peatón toma Las Palmas de Gran Canaria en la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible

La «máxima preferencia» para personas con movilidad reducida, el impulso de los vehículos de movilidad personal o una Zona de Bajas Emisiones, puntos clave

Tres mujeres cruzan por un paso de peatones en la calle Fernando Guanarteme de Las Palmas de Gran Canaria. José Carlos Guerra

El cambio de paradigma en cuanto a la gestión de la movilidad y la priorización del peatón en los cascos urbanos sigue su curso en Las Palmas de Gran Canaria. El Ayuntamiento presentó este miércoles los principales cambios que introducirá la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible de la capital, que sustituirá a la anterior de Tráfico, que data de 2011, y que dará «prioridad total al peatón» y, más específicamente, a las personas con movilidad reducida (PMR), según explicó el concejal de Movilidad, José Eduardo Ramírez.

La nueva norma municipal se llevará a la Junta de Gobierno Local el jueves, 17 de noviembre, y se aprobará inicialmente en el pleno ordinario de este mismo mes. Tras este primer trámite, el documento será sometido a un periodo de exposición pública de un mes en el que se podrán realizar alegaciones, que concluirá con su aprobación definitiva en una de las sesiones plenarias del primer trimestre de 2023, tal y como apuntó Ramírez.

El nuevo reglamento persigue objetivos como la recuperación del espacio público para el peatón o el fomento de los modos de desplazamiento no contaminantes, como los vehículos de movilidad personal (VMP), que comprenden bicicletas y patinetas eléctricas. Asimismo, se plantea la introducción de otros elementos como los Caminos Escolares Seguros y las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) que, según estipula el borrador del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, deberán ser implantadas en todas las ciudades españolas de más de 50.000 habitantes.

Peatones

El nuevo reglamento otorga un protagonismo predominante al peatón, facilitando su desplazamiento en el viario frente al resto de modos de transporte y dotándole de mayor protección y seguridad. Estas condiciones se asegurarán gracias a la consolidación de una red de itinerarios peatonales en la ciudad, además de fomentar la implementación de nuevas estrategias como los Caminos Escolares Seguros y las zonas de exclusividad peatonal, como en Mesa y López.

Otro de los puntos clave para la protección de los transeúntes es que las personas con movilidad reducida tendrán «máxima preferencia» en la ciudad. La nueva ordenanza buscará recoger la especial protección y facilidades físicas y tecnológicas para estos ciudadanos. Se tendrá presente la adecuada reserva de espacios en la vía pública para el estacionamiento de los vehículos a motor utilizados por este colectivo.

Zonas de convivencia vial

Se determinará el establecimiento de zonas de tráfico calmado, que podrán ser de convivencia modal o de prioridad peatonal. Las áreas de convivencia modal podrán ser Zonas 30 -toda vía con un único carril por sentido estará limitada a 30 kilómetros por hora-, en las que los peatones tendrán total preferencia sobre los vehículos, o calles señalizadas como residenciales. Asimismo, por motivos medioambientales, mejora de la calidad del aire, reducción de emisión de gases de efecto invernadero y protección de la salud pública ante el riesgo de contaminación, se podrá acordar la implantación de Zonas de Bajas Emisiones, que limitarán el tráfico de vehículos contaminantes. Esta figura no ha sido totalmente definida y regulada en este proyecto de ordenanza, dado que desde el consistorio prefieren aguardar a que el Gobierno central apruebe definitivamente el decreto ley del que establezca las directrices para las ZBE.

Usuario de Sítycleta en la capital grancanaria Juan Castro

Vehículos de movilidad personal

El texto establece también un impulso a la movilidad ciclista, posicionando la bicicleta como un modo de desplazamiento prioritario dentro del sistema. Asimismo, se incluyen aspectos dirigidos a promocionar los servicios de alquiler de bicicletas existentes (Sítycleta) e incrementar las reservas de espacios de aparcamientos para estos vehículos. 

En cuanto a las patinetas eléctricas, la normativa establece que solo podrán circular por carriles bicis y calzadas limitadas a 30 kilómetros por hora, nunca por las aceras, ya que esta práctica acarreará una sanción grave. En materia de seguridad y a diferencia de las bicicletas, el uso del casco protector será obligatorio siempre en menores de edad y, únicamente cuando se circule por carretera, en personas adultas. Sin embargo, si la patineta utilizada pertenece al nuevo servicio público de alquiler (Sítyneta) el casco será obligatorio cuando se circule por cualquier superficie, tanto en carril bici como en la calzada.

Asimismo, para circular con un VMP particular, ya sea bicicleta o patineta, no será obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil, aunque, como recordó Ramírez, en caso de accidente la persona responsable deberá acarrear igualmente con los gastos derivados del daño ocasionado. En el caso de las flotas de VMP, estas sí deberán estar aseguradas, como es el caso de los servicios municipales Sítcleta y Sítyneta.

Una de las principales novedades para este sector será la creación de un registro voluntario de bicis y patinetas particulares gestionado por la propia Concejalía de Movilidad, que facilitará la identificación de estos vehículos en caso de robo, accidente y otros supuestos. Una vez más, este registro será obligatorio para las flotas municipales de VMP.

Motocicletas

También se regulan determinados aspectos relativos a la circulación y el estacionamiento en la ciudad de las motocicletas y ciclomotores, como la extensión de las zonas avanzadas para motos (ZAM) en los semáforos y la determinación de los elementos necesarios para implantar servicios de alquiler compartido de este tipo de vehículos, como realiza desde hace años la empresa Lovesharing. Además, se recuerda que los vehículos de dos ruedas no deberán abonar tasa económica en las zonas de estacionamiento regulado, verdes o azules, siempre que estacionen en los aparcamientos especialmente delimitados para ellos. Si lo hacen en las plazas dedicas a automóviles, estarán igualmente obligados a pagar por su uso y acogerse a las limitaciones horarias establecidas.

El concejal de Movilidad, José Eduardo Ramírez, presenta la nueva ordenanza municipal. LP/DLP

Transporte público colectivo

Se mejora la regulación relativa a favorecer la circulación de estos vehículos y facilitar su utilización por parte de los usuarios. Se promociona su uso, priorizando su circulación frente a la del vehículo privado -carriles bus/taxi-. La norma recoge, asimismo, la introducción de nuevos modos de transporte público colectivo como la MetroGuagua o las Guaguas de Alta Capacidad y también contempla elementos como la segregación de los carriles y su uso exclusivo, o la prioridad semafórica. 

Puntos de recarga eléctrica

Se incluye una regulación que favorece la correcta instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en la vía pública y se abre la posibilidad a la entrada de empresas privadas que implementen y gestionen nuevas instalaciones de este tipo. Hasta ahora, todos los puntos de recarga habilitados en la ciudad son públicos y están gestionados por el Ayuntamiento o el Cabildo de Gran Canaria.

Estacionamiento y sanciones:

También se introducen en el nuevo texto novedades en la regulación del régimen de parada y estacionamiento de uso general, introduciendo nuevas limitaciones de uso del espacio público como los Besa y Baja, estacionamientos limitados por horario para dejar y recoger a los menores en los centros educativos.

Además, se actualiza la regulación de las zonas de carga y descarga, permitiendo este uso en determinadas zonas de estacionamiento regulado y en paradas de taxi, adecuadamente señalizada y en tramos horarios concretos. 

Por último, se incluye una actualización de las infracciones y sanciones en materia vial, introduciendo una simplificación de la misma para que sea más accesible y se facilite su aplicación. Las infracciones leves conllevarán sanciones de hasta 100 euros; las graves, de 101 a 1.000 euros, y las consideradas muy graves, de 1.001 a 3.000 euros.

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