El Pleno del Ayuntamiento toma razón de la aprobación definitiva del Reglamento de Funcionamiento del Mercado de Altavista

Es el primero de los mercados de abastos de la capital que adapta su normativa de funcionamiento interno al nuevo Reglamento General de Mercados Municipales

Situación del mercado de Altavista tras el incendio

Situación del mercado de Altavista tras el incendio / José Carlos Guerra

El Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha tomado este viernes razón de la aprobación definitiva del Reglamento del Mercado de Altavista, convirtiéndose en la primera de estas plazas de abastos de la ciudad en adaptar su normativa de funcionamiento interno al nuevo Reglamento General de Mercados Municipales, aprobado definitivamente durante el pasado año 2022.

Así, atendiendo a las estipulaciones recogidas en dicho texto, se establece como una de las obligaciones para los diferentes concesionarios de los mercados adaptar sus respectivos reglamentos de funcionamiento interno. En base a ello, y tras la solicitud formulada por el Mercado de Altavista, se aprobó su nuevo ordenamiento de forma inicial en diciembre de 2022.

Tras este proceso, se procedió a habilitar el pertinente período de exposición pública, a efectos de que posibles interesados pudiesen consultar el mismo y presentar las reclamaciones que considerasen oportunas y por un período de 30 días.

Tras haber concluido dicho plazo y habiéndose comprobado que no se presentó ningún tipo de reclamaciones a la aprobación inicial, el acuerdo plenario ha quedado elevado a definitivo y el texto íntegro del Reglamento de Funcionamiento del Mercado de Altavista se encuentra ya publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, entrando en vigor el pasado 4 de abril.

Horarios de apertura y cierre

Así, la nueva norma estipula que el horario de apertura y cierre de las instalaciones del Mercado será fijado por la entidad concesionaria en Asamblea de Titulares, considerando no sólo el horario comercial sino también las necesidades de abastecimiento de los puestos y el desarrollo de las actividades normales de explotación, tales como limpieza, recogida de residuos, etc.

El Consejo de Administración de Plaza Altavista, S.A., tendrá facultades para modificar circunstancialmente este horario, siempre que no se lesionen los intereses de los puestos. El horario comercial base, de obligado cumplimiento del Mercado, y la apertura en días declarados festivos, será sometido a votación de la Asamblea.

En caso de apertura en días especiales los comerciantes que voten abrir estarán obligados a hacerlo, mientras que los que no, podrán abstenerse de ello. Los titulares de puestos y arrendatarios podrán cerrar sus puestos por vacaciones durante un mes, prorrogable por causas justificadas. El período vacacional debe ser solicitado al Gerente con una antelación mínima de quince días, con la posibilidad de impugnar las decisiones del mismo ante el Consejo de Administración.

En horas de actividad del Mercado, la entrada de mercancías será libre, siempre y cuando se respete a cualquier persona que transite por el Mercado, bien sea el público como el resto de las personas que desempeñan una labor dentro de estas dependencias.

Frutería Makeke Ohana en el Mercado Altavista

Frutería Makeke Ohana en el Mercado Altavista / Andrés Cruz

La circulación de las mercancías y su entrada en los puestos se hará con rapidez, ocasionando las mínimas molestias, quedando totalmente prohibido, las existencias de carretillas y bultos en las zonas comunes.

Además, según el texto, la entidad Plaza Altavista, S.A., dispondrá de lo necesario para la limpieza continua y escrupulosa de los espacios comunes. Será obligación de los titulares de puestos la limpieza diaria de ellos. En el caso de ensuciar las zonas comunes a la hora de la colocación o retirada de los productos, deberán proceder a su limpieza, en especial las pescaderías, evitando agua en el entorno de los puestos. Cada usuario titular será responsable de la gestión de los residuos generados.

Por otro lado, las operaciones de carga y descarga se desarrollarán en la zona habilitada para ello en la planta sótano, quedando prohibida la permanencia en el muelle de carga de los vehículos que no realicen dicha operación.