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Un 'Michael Schumacher' temerario duplica la velocidad permitida en la Avenida Marítima

El coche llegó a alcanzar los 150 kilómetros por hora en una carreera que está limitada a 80

Conducción temeraria en Las Palmas de Gran Canaria

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La Provincia

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LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

A pesar de las constantes campañas de la Dirección General de Tráfico (DGT) y de las distintas autoridades, aún hay quienes hacen caso omiso de ellas. No solo ponen en peligro sus vidas, sino la del resto de usuarios en las vías. El penúltimo caso de conducción temeraria se ha dado en la Avenida Marítima de Las Palmas de Gran Canaria, donde un vehículo circuló a una gran velocidad durante la noche y con otros coches en la carretera.

Otro turismo, que circulaba en la zona, fue testigo de los hechos y presenció cómo el conductor temerario llegaba desde atrás y adelantó rápidamente a los coches de la zona. "Michael Schumacher, señores", dijo con asombro y a tono irónico uno de los ocupantes del vehículo que circulaba a 78 km/h en una vía limitada a 80. El turismo infractor, sin embargo, llegó a una velocidad que oscilaba entre los 135 y 150 km/h -según cálculos establecidos por los testigos-.

Los hechos tuvieron lugar en una de las arterias de Las Palmas de Gran Canaria como es la Avenida Marítima, en sentido sur, y a la altura entre el parque San Telmo y el Teatro Pérez Galdós.

El vídeo se ha viralizado al compartirse en las distintas redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea. Entre ellas Dashcams españa, un portal que se ocupa a recopilar este tipo de vídeo para concienciar a la ciudadanía y ayudar a las autoridades a identificar a este tipo de conductores irresponsables.

Multas y sanciones

El Reglamento General de Circulación expresa que los conductores deben circular con precaución y con la diligencia necesaria para evitar el daño propio y hacia los demás, cuidándose y cuidando a los ocupantes de su vehículo y al resto de los que circulan en la vía pública. Las acciones negligentes o temerarias quedan descartadas y son sancionadas.

Se considera que un conductor conduce de manera negligente cuando omite las reglas de conducción o es imprudente, no tiene cuidado o no está atento para evitar cometer daños a sí mismo y a otras personas o cosas. Se trata de una infracción grave e implica una multa que asciende a los 200 euros, sin que pierda puntos en la calificación de su carnet de conducir.

 La conducción temeraria es la que genera riesgos y peligros tanto en el que conduce, quien ocupa el vehículo conducido, como en el resto de las personas que transitan o circulan por la vía pública. Se incluyen en esta categoría la superación de los límites de la velocidad permitida, circular en dirección contraria a la permitida, manejar bajo el efecto de drogas o alcohol. Se corre el riesgo de una multa de 500 euros y además incluye la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir.

Según recoge la legislación, quien cometa este delito puede ser penado con penas de prisión que van desde los 6 meses a los 2 años y pueden retirarle el permiso para poder conducir en un plazo que va desde 1 y 6 años si el conductor circula de manera temeraria y pone en peligro su vida y la integridad y la vida de las personas.

Esta pena se puede presentar con un agravante que considere que la conducta de la persona se realizó con manifiesto desprecio por la vida de los demás. Si se considera este agravante, la Justicia Penal prevé una prisión de 2 a 5 años, multas dinerarias y la privación de uso del carnet de conducir que va desde los 6 a los 10 años.

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