Un conductor incívico deja el coche tras sufrir un accidente en una curva peligrosa de Las Palmas de Gran Canaria
Cada vez son más los casos de accidentes de tráfico en los que el infractor o presunto responsable del mismo se da a la fuga tras el siniestro

DGT

Reza un dicho que el sentido común es el menos común de los sentidos. Un conductor sufrió un accidente tras impactar contra el margen de la calzada en la subida a la rotonda de Pedro Hidalgo, en Las Palmas de Gran Canaria.
Según ha informado la Policía Local de la capital grancanaria, el hombre abandonó el vehículo y se ausentó del lugar, generando un riesgo para el resto de los conductores. "Es una curva muy peligrosa donde no te lo esperas", manifestó un vecino.
Las autoridades procedieron a realizar las diligencias correspondientes y a llevar al coche al depósito municipal.
Multas y sanciones
En los últimos años, se ha observado un incremento en los casos de conductores que abandonan el lugar del accidente sin proporcionar los datos necesarios. Este comportamiento no solo es irresponsable, sino que también constituye un acto delictivo, especialmente cuando el conductor es responsable del siniestro. Abandonar el lugar de los hechos sin facilitar información puede conllevar graves consecuencias legales.
Detrás de la decisión de huir del lugar del accidente, generalmente se esconde un motivo de peso. En muchos casos, se trata de evitar las consecuencias de una infracción administrativa o penal. La gravedad de la infracción suele influir en la decisión del conductor, que opta por huir en lugar de enfrentarse a las repercusiones inmediatas.
El Reglamento General de Circulación establece en su artículo 129 que la sanción por darse a la fuga en un accidente de tráfico puede ser leve o grave. La multa asociada a este tipo de infracción asciende a 200 euros, aunque puede reducirse a 100 euros si se abona antes de que transcurran 20 días desde la notificación.
Cuando un accidente de tráfico deja heridos y el conductor responsable huye sin prestar auxilio, la situación se agrava y entra en el terreno del Código Penal. El artículo 195 establece que la omisión del deber de socorro puede conllevar una multa de tres a doce meses si no se socorre a una persona en peligro manifiesto y grave.
En los casos en los que la víctima ha resultado herida en un accidente provocado de manera fortuita por el conductor que omite el auxilio, la pena puede aumentar a seis a dieciocho meses de prisión. Si el accidente fue causado por imprudencia del conductor, la pena se incrementa aún más, pudiendo oscilar entre seis meses y cuatro años de prisión.
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