El TSJC da un nuevo varapalo a las obras del Canódromo al avalar la anulación de la licencia
La Sala recrimina al Ayuntamiento por autorizar una promoción masiva de viviendas en el barrio de Schamann pese a ser un área de "edificabilidad agotada"

Torres inacabadas del Canódromo, en el barrio de Schamann. / José Carlos Guerra

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la nulidad de la licencia de obras del Canódromo y la ilegalidad del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2012 referente a esta parcela. La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima así los recursos presentados por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y por la empresa promotora contra la sentencia que bloqueó hace tres años la construcción de dos torres de 15 y 17 plantas con 120 casas.
El fallo, ante el que solo cabe la interposición de recurso en caso de que concurra interés casacional objetivo, incide en la "falta de justificación" para autorizar una promoción masiva de viviendas a la entidad Realia Business S. A. cuando el propio PGOU establecía que el barrio de Schamann en el que se proyectaba es un "área de edificabilidad agotada".
El tribunal estima así los argumentos esgrimidos por la Asociación de Vecinos de Ciudad Alta (Avecalta) de que tanto la licencia como la ordenación relativa a este inmueble son ilegales porque se basan en el mismo planeamiento del Plan General de 2020 y del Plan Especial de 2003 que fueron anulados por el Supremo en el año 2014. Los apelantes deberán abonar las costas procesales, que ascienden hasta los 900 euros, y los servicios jurídicos del Consistorio están esperando a que le comuniquen la resolución por las vías oficiales para valorarla.
Alegaciones del Ayuntamiento
La letrada del Ayuntamiento pidió la revocación de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria al considerar que es "poco clara, imprecisa e incongruente", que "aplica e interpreta erróneamente el planeamiento en vigor" e "incurre en error en la valoración de la prueba". Esta parte apunta que el modelo de ciudad del año 2000 "nada tiene que ver" con el posterior desarrollo de edificaciones comerciales como La Ballena o el desarrollo y mejora de las infraestructuras viarias y, por tanto, considera "justificado" con menor consumo de suelo "optimizar una mayor calidad y edificabilidad en el ámbito".
Por otro lado, la empresa que proyectó el edificio cuestionó que la jueza valoró el área del Canódromo de forma aislada y que no tuvo en cuenta los "antecedentes históricos y legislativos de los planes anteriores". En concreto, apuntó a la motivación de 2003 al entender que debía entenderse transmitida al PGO de 2005 que adaptó el planeamiento a las exigencias de ordenación de la comunidad autónoma.
La sentencia considera que la ordenación que dio cabida a las obras se basa en planes anulados por el Supremo en 2014
La Sala desestima todos estos motivos y apunta que la resolución judicial "es un ejemplo de claridad expositiva, sin que apreciemos incongruencia alguna en sus razonamientos". La administración pública trató de hacer un nuevo planteamiento en su recurso por el que alega que las determinaciones urbanísticas de 2012 difieren de las que fueron anuladas por la Justicia y llega a cuestionar que pueda hablarse de edificabilidad agotada, pero el tribunal rechaza sus argumentos porque no fueron planteados con anterioridad.
En cuanto al recurso de Realia Business, el TSJC señala que toda su línea argumental parte de la premisa de que la sentencia del Supremo anuló el PGO del año 2000 por un motivo "estrictamente formal" y que no es posible trasladarlo a los planeamientos posteriores. La sentencia, sin embargo, razona que es un hecho no controvertido que ni en 2005 ni en 2012 se incluyó explicación alguna "en orden a justificar el incremento de edificabilidad en un área con edificabilidad agotada".
Los vecinos de Ciudad Alta ya consiguieron parar los trabajos en 2009 y no pudieron retomarse hasta diez años después, cuando la constructora logró una nueva licencia que es por la que se pronuncia ahora el TSJC. La solución que proponen los residentes de la zona pasa porque el Ayuntamiento negocie y replantee las estructuras como espacios públicos.
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