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El exjuez Salvador Alba recurre su expulsión del Colegio de Abogados de Las Palmas

El Consejo Canario de Colegios de Abogados ha anulado su incorporación al órgano colegial de los letrados

El exjuez Salvador Alba Mesa

El exjuez Salvador Alba Mesa

La Provincia

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Las Palmas de Gran Canaria

El exmagistrado Salvador Alba Mesa ha presentado un recurso de reposición contra el Consejo Canario de Colegios de Abogados, tras la decisión de este órgano de anular su incorporación al Colegio de Abogados de Las Palmas. En su escrito, Alba denuncia la existencia de irregularidades en la tramitación del expediente y alega haber sufrido indefensión al no haber tenido acceso completo a la documentación relevante durante el procedimiento, informa Confilegal.

La inscripción de Alba en el Colegio de Abogados de Las Palmas se produjo tras la aprobación expresa del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), que fue solicitada por el propio colegio como paso previo necesario para aceptar su colegiación. Sin embargo, este alta fue posteriormente anulada, recoge el medio de información, tras un recurso de alzada presentado por la magistrada María Victoria Rosell, quie ejerce actualmente su laboral en la Audiencia Provincial y fue parte en el proceso penal que acabó con la condena del exjuez por delitos relacionados con prevaricación judicial, cohecho y falsedad en documento público. En noviembre de 2021, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la condena Alba de 6 años y medio de prisión y 18 años de inhabilitación por esos delitos.

Acusaciones de opacidad y ocultación de pruebas

En su recurso de reposición, Alba denuncia que el procedimiento estuvo marcado por la falta de transparencia, señalando que nunca se le notificó un informe interno del Colegio de Abogados de Las Palmas que, según afirma, fue clave para respaldar la impugnación presentada por Rosell, señala la citada publicación digital.

Ese informe, elaborado en mayo de 2025, no solo fue desconocido por Alba durante el proceso de alegaciones, sino que además no se le informó sobre quién lo firmó. Para el exmagistrado, esta omisión es grave, ya que le impidió defenderse adecuadamente, impidiendo el ejercicio de su derecho de contradicción.

Recurso presuntamente presentado fuera de plazo

Uno de los argumentos clave en la defensa de Salvador Alba es que el recurso de María Victoria Rosell fue presentado fuera del plazo legal. Según su versión, "el acuerdo de alta en el Colegio fue publicado el 8 de abril, y el recurso no se presentó hasta el 1 de julio, es decir, casi tres meses después".

El artículo 93.1 de los Estatutos de Régimen y Gobierno del Colegio de Abogados de Las Palmas establece que los acuerdos del Colegio "pueden ser recurridos en el plazo de un mes desde su publicación". Para Alba, este detalle debió haber bastado para inadmitir el recurso de Rosell por extemporáneo, una alegación que, asegura, ni siquiera fue valorada por el Consejo Canario.

Solicitudes de acceso al expediente sin respuesta

El exjuez afirma que sigue sin tener acceso al expediente completo, a pesar de haberlo solicitado formalmente tanto en sus alegaciones iniciales como en el recurso actual. Tampoco conoce los nombres ni datos de los vocales o miembros del órgano colegial que participaron en la resolución de su caso, lo que impide ejercer mecanismos como la recusación por posible falta de imparcialidad, derecho reconocido por la misma Ley 39/2015.

En este sentido, Alba recuerda que la "imparcialidad del órgano decisor es esencial en cualquier procedimiento administrativo" y que su garantía depende, entre otras cosas, de la posibilidad de conocer la identidad de quienes toman las decisiones.


Críticas al uso de la condición de magistrada por parte de Rosell

Alba considera que Rosell ha abusado de su condición de magistrada para obtener un trato favorable por parte de las instituciones que evaluaron su impugnación.

Según detalla, Rosell habría utilizado su domicilio oficial como dirección en el encabezado del recurso, algo que el exmagistrado interpreta como una forma de hacer valer su posición institucional para influir en el resultado del proceso.

En relación con su situación jurídica, Salvador Alba subraya que la sentencia penal que lo condenó no incluyó inhabilitación perpetua para el ejercicio de la abogacía. En consecuencia, considera que el procedimiento colegial ha ido más allá de lo que dictó el tribunal penal, aplicando una sanción encubierta y desproporcionada que, según sus palabras, “convierte en castigo eterno lo que los tribunales nunca impusieron”.

“La recurrente ya vio reparado el daño con la indemnización fijada en la sentencia”, apunta Alba en su recurso, cuestionando el fundamento de seguir extendiendo consecuencias jurídicas sobre un hecho ya juzgado y sancionado.

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