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Marcha atrás al intento de regular los dúplex de La Minilla que exceden la altura máxima

El Tribunal Superior de Justicia obliga al Ayuntamiento a plantear la demolición total o parcial de las viviendas que superan por dos metros los límites de la zona

Benyara Machinea

Benyara Machinea

Las Palmas de Gran Canaria

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha echado para atrás el intento del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de regular los dúplex de La Minilla que fueron declarados ilegales por exceso de altura. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha instado a la administración pública a acatar la sentencia en su totalidad y limitarse a determinar si la demolición de las viviendas implicadas debe abarcar la totalidad de la obra a la que se refiere el proyecto o si debe ser parcial y ceñirse a los pisos superiores.

El caso se remonta a 2010, cuando se dictó el primer fallo que declaró nula la licencia municipal concedida en 2004, con Pepa Luzardo como alcaldesa, por contravenir las normas urbanísticas. Desde entonces, los tribunales han tumbado en distintas resoluciones el permiso concedido para la construcción de los inmuebles de la Avenida de Ansite número 11 que superan en dos metros la altura permitida en su segunda planta.

El último fallo se refiere a la resolución del Ayuntamiento que el 23 de diciembre de 2020 concedió la licencia urbanística a ambas entidades para la legalización de las obras ejecutadas en La Minilla.

Un grupo de vecinos de la zona denunció las construcciones porque les hicieron perder las vistas al mar

Quienes iniciaron el pleito fueron un grupo de vecinos de la calle García Feo que perdieron la vista al mar debido a las grandes dimensiones de estas construcciones llevadas a cabo por las empresas Acciona Construcciones SA (antes Necso Entrecanales y Cubiertas SA) y Realia Business SA.

La urbanización, en total, está compuesta por 205 viviendas que fueron construidas en tres fases gracias a las licencias concedidas en 2003, 2004 y 2006. En el caso presente, se encuentran 61 viviendas aunque, según los vecinos de la zona, no todas incumplen los límites de altura.

Compradores de buena fe

El Consistorio ha intentado buscar distintas fórmulas que no perjudiquen a los propietarios de las viviendas porque considera que son compradores de buena fe y que no son los responsables de esta irregularidad.

La Sala, en cambio, considera que la administración pública ha "tratado de eludir" el cumplimiento de la sentencia porque se dictó una nueva ordenanza zonal que trató de amparar unas obras que iban en contra de la normativa vigente en ese momento. Sus efectos, indica, son la demolición de lo ilegalmente construido.

"El Ayuntamiento, al legalizar el mismo proyecto, viene a infringir lo declarado en la sentencia que ha de ejecutarse, siendo conocedor que el Estudio de Detalle no puede modificar los criterios que establecía el Plan General de Ordenación a los efectos de medición en altura, fijándose que la rasante oficial es la consolidada por la actual acera", determina el fallo.

La Sala considera que se ha tratado de eludir el cumplimiento de la sentencia con una nueva ordenanza

El TSJC argumenta que el informe técnico en el que se basa el permiso municipal pretende legalizar el "mismo proyecto" que ya fue examinado y desestimado en las resoluciones previas.

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento están valorando en estos momentos la sentencia, ante la que solo cabe interponer recurso de casación en el caso de que concurra algún supuesto de interés casacional objetivo.

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