Participación
Las entidades ciudadanas tendrán dos meses más para cumplir con el Registro Municipal de Las Palmas de Gran Canaria
El Ayuntamiento amplía hasta el 31 de marzo el plazo para que las asociaciones presenten su documentación anual

Imagen de archivo de un encuentro de Participación Ciudadana / La Provincia

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha ampliado hasta el próximo 31 de marzo el plazo para que las asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas presenten la documentación correspondiente al ejercicio en curso. La medida se recoge en un bando firmado por la alcaldesa, Carolina Darias, y publicado este martes.
La prórroga afecta a la obligación de remitir el presupuesto anual y el programa de actividades, tal y como establece el artículo 24.5 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, aprobado en febrero de 2011 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia en mayo de ese mismo año.
Documentación obligatoria anual
El reglamento municipal fija que esta documentación debe presentarse cada año durante el mes de enero. Además, cualquier modificación en los datos inscritos en el Registro debe comunicarse en el plazo de un mes desde que se produzca el cambio.
Desde el Consistorio se recuerda que el incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en la baja en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y en la pérdida de los derechos asociados a la inscripción, siempre tras la tramitación del correspondiente expediente administrativo y con audiencia previa a la entidad afectada.
Tramitación exclusivamente telemática
De acuerdo con la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, las asociaciones y sus representantes, al tener la condición de personas jurídicas, están obligadas a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos.
Por este motivo, toda la documentación deberá presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, accesible desde la web municipal www.laspalmasgc.es. Del mismo modo, las notificaciones relacionadas con el Registro se realizarán exclusivamente por esta vía, considerándose válidas desde el momento en que queden disponibles en la sede electrónica, sin envío posterior por correo certificado.
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