Una inmobiliaria de Las Palmas de Gran Canaria acusa a su abogado de falsear un acuerdo que le llevó a la quiebra
La empresa pide una pena de seis años de cárcel y el resarcimiento de los tres millones de euros que no percibió
La Fiscalía no ve delito y exige su absolución

El abogado acusado, Francisco Rafael P. M., este miércoles en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial. / B. M.
La Inmobiliaria Montecastillo ha acusado al que fuera su abogado durante más de 16 años de emitir un escrito mendaz en 2009 que impidió a la empresa el cobro de tres millones de euros para hacer frente a la deuda que arrastraba con sus acreedores. Según esta parte, dicho informe causó un "perjuicio gravísimo" a la mercantil y la dejó abocada a la quiebra, por lo que le atribuye presuntos delitos de estafa procesal y deslealtad profesional y pide una pena de seis años de cárcel y el resarcimiento del dinero que nunca llegó a cobrar.
En cambio, el acusado Francisco Rafael P. M., que ejerce su propia defensa en este procedimiento, sostiene que lo que llevó a la ruina a la compañía fue la situación de insolvencia de las dos personas condenadas en otro procedimiento por alzamiento de bienes que se juzgó en 2008, las cuáles eran las responsables de asumir la cuantía. Su versión es que, para no darse contra un muro, alcanzó un acuerdo que fue aceptado verbalmente por los responsables de la entidad.
El fiscal César Casorrán, por otra parte, aseguró que los hechos únicamente podrían ser constitutivos de un delito de administración desleal, pero no ejerce acusación por este ilícito porque se encontraría prescrito debido al tiempo transcurrido. "Consideramos que no actuó como verso libre por las manifestaciones del único testigo directo de la entidad", señaló.
El acusado, que ejerce su propia defensa, sostiene que no pudieron cobrar por la insolvencia de los responsables
El juicio que se celebra en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas arrancó este martes con la práctica de la prueba procesal y concluyó el miércoles tras la emisión de los informes finales.
El abogado de la acusación particular, Eduardo de Urbano Castrillo, afirmó en su alegato final que este procedimiento no se trata de "un ajuste de cuentas, sino de una exigencia de justicia" y señaló que la prueba practicada en la vista demuestra la "veracidad de los hechos que se imputan al procesado, el cual ha evitado el derecho a la contradicción" al haberse negado a responder a sus preguntas.
Entre otras cuestiones, alegó que no se repetó el "posible" acuerdo de 2009 porque la sentencia se recurrió. Tampoco el acusado, según esta parte, ha podido probar en la instrucción ni en el juicio que el cobro de 45.000 euros tras la transacción fuese en concepto de costas procesales.
Condena previa
De hecho, el letrado de la empresa ha querido hacer hincapié en una condena previa de 2023, cuando Francisco Rafael P. M. fue declarado responsable de un delito societario y otro de apropiación indebida. También quedó absuelto de otro procedimiento relativo a la misma inmobiliaria, pero señaló que fue porque los hechos no encajaban en los delitos apreciados.
Las testificales, según Urbano, han mostrado que "no hay ningún rastro de ese acuerdo" y sus dos clientes han relatado ante el tribunal "cómo el acusado entorpeció" que pudieran conocer el estado de la inmobiliaria cuando en 2016 falleció su fundador, Juan Calderín, pues el letrado no les facilitó el acceso a las cuentas y tuvieron que contratar a un técnico.
La acusación sostiene que su actuación "representa un ataque frontal a la Administración de Justicia"
El abogado de los denunciantes mantiene que el acusado logró provocar el archivo de una ejecutoria que impidió el cobro de los casi tres millones. Aseguró que su actuación "representa una ataque frontal a la Administración de Justicia" y a sus representados y que ha generado un perjuicio económico que ha llevado al "hundimiento empresarial" de Montecastillo.
Por otra parte, el acusado negó los hechos ante el tribunal y pidió que se condene en costas a los dos querellantes por haber fabricado una "gran falacia" y haber actuado en su denuncia de "mala fe" y de forma "temeraria". Según su versión, la querella, presentada once años después, se basa en lo que el yerno del fundador cree que debió ocurrir.
Un "pacto de honor"
Al mismo tiempo, sostiene que los 45.000 euros que cobró respondían a las costas, pese a que no conste en la contabilidad de la empresa, pero hay testigos que así lo señalaron en el juicio. En su alegato final, el procesado afirmó que el problema radica en que fue un "pacto de honor" y que cobró las costas cuando se consiguió, y no antes.
El encausado se preguntó también por el motivo por el que los querellantes no activaron la ejecutoria de la sentencia para cobrar los tres millones de euros, ya que la responsabilidad civil no prescribe, según una sentencia del Tribunal Supremo. A su juicio, en lugar de activar la ejecutoria se han dedicado a "arruinar la vida al abogado", por lo que tachó la causa de una "vendetta".
El juicio ha quedado visto para sentencia.
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