El TSJC confirma las condenas a la banda que robó en 35 oficinas de Las Palmas de Gran Canaria
Se dedicaban al asalto de locales en la capital grancanaria y perpetraban "una media de casi seis robos a la semana"

Dos de los acusados, de espaldas, en el juicio celebrado este martes en la Audiencia Provincial de Las Palmas. / B. M.

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado en todos sus términos la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas que en enero de 2025 condenó a penas de entre tres y cuatro años de prisión a dos integrantes de una "banda" de delincuentes especializada en el asalto a oficinas y locales en la capital grancanaria.
El tipo penal aplicado es delito continuado de robo con fuerza en las cosas en establecimiento abierto al público fuera del horario de apertura.
Según el tribunal, la "banda" perpetró entre el 16 de octubre y el 10 de diciembre de 2024 "nada menos" que 35 intrusiones en propiedades privadas, "aparte de las previsibles no descubiertas", es decir, "una media de 0,78 robos diarios, o sea, casi seis robos a la semana, aunque concertaran los robos realizando varios por noche y descansando los días siguientes".
Los autores tendrán que pagar una indemnización de más de 20.000 euros a las víctimas
Además de la condena penal, la sentencia del TSJC confirma la condena a los dos acusados a abonar indemnizaciones por valor de más de 20.000 euros a las víctimas de los robos.
La Sala de apelación rechaza la alegación de la defensa de uno de los acusados, que entendía errónea la apreciación de la agravante por pertenencia a grupo criminal, al ser solo dos sus supuestos integrantes, postulaba.
Usaban walkie-talkies para comunicarse
A este argumento, el TSJC contrapone que, "con acierto", la sentencia de instancia señalaba "la existencia de esa pluralidad de personas al razonar que en las grabaciones de las cámaras de vigilancia de los diversos locales se ven tres personas (en algunas sólo dos), lo que ya permite superar el obstáculo normativo que alza el apelante".
De otro lado, continúa la sentencia del TSJC, el fallo de instancia "señala que el elemento de la organización estructurada se deduce fácilmente del utillaje (herramientas) del que se proveían para los robos, medios de transporte e incluso aparatos de transmisión de voz (walkie-talkies) para comunicarse, lo que denota, además, reparto de roles (vigilancia, función de unos; forzamiento y entrada, función de otros) y la estabilidad del grupo se desprende, también de forma nítida, ya no sólo en la profesionalidad, sino también en el número de robos (…) y, sobre todo, en la frecuencia".
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