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La justicia lo hace oficial: el mayor plan de reposición de vivienda pública de Canarias se ajusta a la ley

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias da la razón al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, al desestimar el recurso contra el Plan Parcial de Rehabilitación Rehoyas-Arapiles, que se ajusta a la normativa urbanística vigente

Estado de la Fase 0 del plan de reposición de Las Rehoyas

Andrés Cruz

Jacobo Corujeira

Jacobo Corujeira

Las Palmas de Gran Canaria

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJ) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación de Vecinos “Rehoyas Avanza” contra la aprobación definitiva del Plan Parcial de Rehabilitación Rehoyas-Arapiles, según ha informado el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. La resolución, fechada el 4 de marzo de 2026, avala la postura defendida por el consistorio con el mayor plan de reposición de vivienda pública de Canarias y considera que el planeamiento aprobado se ajusta a la normativa urbanística vigente.

El tribunal descarta la impugnación del plan urbanístico

La Sala considera que los argumentos del recurso no logran desvirtuar los informes técnicos y jurídicos que sustentan el plan. Los magistrados subrayan que la parte demandante no aportó un informe pericial capaz de cuestionar los fundamentos técnicos del planeamiento, algo especialmente relevante en un litigio de naturaleza urbanística.

Según recoge la resolución, la impugnación se limitó en gran medida a reiterar alegaciones ya presentadas durante la tramitación administrativa, sin aportar una contradicción técnica suficiente que permitiera cuestionar la valoración municipal.

Participación ciudadana y tramitación del plan

El tribunal también descarta que se haya producido indefensión en el procedimiento de aprobación del plan. La sentencia recuerda que el proyecto fue sometido a los correspondientes trámites de información pública, lo que permitió a los ciudadanos formular alegaciones y conocer el contenido del planeamiento.

Mapa de Google Maps del entorno de Las Rehoyas en Las Palmas de Gran Canaria

En este contexto, la Sala considera que la ausencia de un trámite específico de audiencia a los propietarios no supone una causa de nulidad si no se acredita una indefensión material efectiva.

El Plan Parcial, instrumento válido para la regeneración urbana

El TSJC avala además el uso del Plan Parcial como instrumento urbanístico para ordenar la intervención en el barrio. La resolución recuerda que la legislación urbanística permite utilizar este tipo de planeamiento para actuaciones de rehabilitación y regeneración urbana.

Asimismo, el tribunal destaca que el propio Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria remite la ordenación detallada del ámbito de Rehoyas-Arapiles a un plan parcial.

La sentencia respalda la renovación integral del barrio

La resolución judicial valida también la motivación urbanística de la actuación. El tribunal considera acreditada la necesidad de intervenir en el ámbito debido a las deficiencias estructurales del barrio, relacionadas con la alta densidad de viviendas, la escasez de equipamientos y los problemas de habitabilidad y accesibilidad.

Por último, el TSJC rechaza que el plan vulnere el derecho de propiedad o el principio de igualdad entre propietarios. A juicio de la Sala, la ordenación responde a criterios urbanísticos objetivos y a la finalidad de regenerar el conjunto del barrio dentro de la función social de la vivienda.

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