El juez ordena reincorporar a Carlos Saavedra como jefe de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria
El magistrado da diez días al Ayuntamiento para ejecutar la sentencia al considerar que no perjudica a nadie tras la dimisión de Carmen Delia Martín

Carlos Saavedra Brichis, durante un acto en su etapa como jefe de la Policía Local. / José Carlos Guerra

Nuevo giro en la jefatura de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria. El magistrado Ángel Teba García, en un auto judicial dictado este martes, ha dado un plazo de cinco días al Ayuntamiento para reincorporar en el puesto a Carlos Saavedra Brichis y dar así cumplimiento a la sentencia que, en diciembre de 2024, anuló su cese porque no existía ni una prueba de los argumentos esgrimidos por el gobierno municipal para justificar la destitución.
El fallo también otorga el mismo margen para tramitar y resolver de forma expresa la dimisión de la hasta ahora jefa del cuerpo, Carmen Delia Martín, quien pasó a asumir el cargo en 2019 y lo ejerce desde hace siete años. Su renuncia al puesto de mando fue presentada a comienzos de mayo, apenas unos días después de que se conociera que llevó a los tribunales, en la jurisdicción contencioso-administrativa, la instrucción general de horarios aprobada por el Consistorio para el periodo de 2026 hasta 2029.
El juez accede con esta medida a la petición del letrado de Saavedra, Alberto Hawach, que reclamó su reposición en el puesto con todos los efectos profesionales y económicos inherentes desde la fecha en la que se acordase la resolución.
El auto tacha de "máxima urgencia" la situación por lo que implica para los servicios esenciales
La sentencia aún no ha adquirido firmeza porque no ha vencido el plazo para que la administración pública pueda recurrirla ante el Supremo. Sin embargo, el abogado del reclamante solicitó adelantar la ejecución de la misma por "concurrir un hecho sobrevenido esencial y determinante", que consiste en la renuncia de la persona que venía desempeñando el puesto.
Por tanto, se elimina el supuesto por el que se denegó esta medida anteriormente, ya que en caso de que el Alto Tribunal de la razón al Ayuntamiento no se estaría perjudicando a un tercero.
El titular de la plaza número 5 de la Sección Contencioso-Administrativa del Tribunal de Instancia de la capital grancanaria determina que la ejecución "provisional" solicitada por el exjefe del cuerpo "debe prosperar". Y rechaza, de esta forma, los argumentos esgrimidos por la corporación municipal, que sostenía que la situación enjuiciada era idéntica a la ya evaluada y desestimada en el mes de abril.
Choque de intereses
El auto recuerda que el motivo por el que se rechazó anteriormente la ejecución provisional solicitada por Saavedra es el "choque de legitimidades existente". Por una parte, se valoró el perjuicio que se pudiera ocasionar a Martín, nombrada tras el oportuno procedimiento de selección. Y, por otro, el aval con el que contaba el recurrente con una sentencia de instancia que ya declaraba la nulidad del cese.
En cambio, un mes después la situación es "radicalmente diferente". Tras la confirmación del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el anterior cargo cuenta con dos sentencias favorables relativas a la "falta absoluta de motivación del cese del que fue objeto". Además, es un "hecho público y notorio" que la actual responsable presentó hace más de un mes su dimisión como jefa de la Policía Local.
El fallo recrimina al Ayuntamiento la tardanza para formalizar la renuncia de la hasta ahora jefa
El magistrado considera que la intención de la administración es "estirar este contexto" y buscar el "imposible ejercicio" de identificarlo con la situación ya resuelta, empleando para ello "el ardid de dejar indefinidamente sin formalizar la dimisión" de Martín.
Según señala, el Ayuntamiento se limitó a asegurar que no ha tramitado aún el cese mediante el correspondiente acto administrativo y no mencionó "cuándo va a resolver una situación de la máxima urgencia por cuanto afecta a la cúspide del Cuerpo Policial con la implicación que ello tiene para uno de los servicios esenciales que se presta a los ciudadanos y visitantes" de la ciudad.
Una demora "injustificada"
"Tal ambigüedad atenta contra el principio de la buena administración porque de facto lo que implica es vaciar el derecho de Saavedra a la ejecución provisional de las sentencias que le son favorables, condicionando tal facultad a cuando tenga a bien la Corporación Municipal oficializar el cese de la Policía Local", detalla el fallo.
Por tanto, el juez cede a la petición del letrado ante la "injustificada demora en la tramitación de la dimisión" de Martín y la necesidad de una tutela efectiva del recurrente, al tiempo que fija los plazos expuestos.
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