El nuevo tributo municipal, en jaque
"El Ayuntamiento no hizo bien los deberes": habla Alejandro Navarro, abogado que ganó el recurso que tumbó la tasa de basuras
Alejandro Navarro, uno de los abogados que ganó el recurso que tumbó la tasa de basuras de Las Palmas de Gran Canaria, habla en esta entrevista de los problemas que ha tenido el diseño de la ordenanza, anulada por el TSJC

Javier Navarro Betancor, abogado del bufete que ganó el recurso contra la tasa de basuras de Las Palmas de Gran Canaria. / José Pérez Curbelo

El pasado marzo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) les daba la razón y anulaba la tasa de basuras de la capital española. Ahora el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) hace lo propio en Las Palmas de Gran Canaria. ¿Esperaba este resultado?
Sí, en Madrid fue un caso un poco diferente, pero sí, suponíamos que parte de los razonamientos se iban a aplicar y que iba a caer también aquí.
¿Y por qué? Vemos que esta tasa está judicializada en otros municipios.
De hecho nosotros llevamos el caso de varios sitios de la Península, por ejemplo está pendiente de sentencia el caso de Griñón (Madrid). Aquí, en Las Palmas, se recurrió por cómo se aplicó la tasa a la Fundación de Antunez [vinculada al colegio de La Salle], que es una fundación sin ánimo de lucro. Se dedica al servicio educativo de forma concertada y no tiene ningún tipo de lucro. ¿Qué pasó aquí? Que el importe de la tasa se triplicó con respecto a lo que se venía pagando y encima el tratamiento era el mismo al de un comercio. No hubo distinción en función del productor de residuos y eso generaba un perjuicio.
¿Un colegio y un comercio o un hotel no generan la misma basura?
De hecho, las obligaciones no son las mismas. El colegio también genera y tiene su propio tratamiento, pero entendíamos que la producción no es la misma y la veíamos desproporcionada. Luego, también hay otras razones jurídicas y técnicas que denunciamos. Las Palmas utilizó un estudio de 2014 de Barcelona, por lo que está totalmente desfasado. La producción de residuos de ese año no es la que se genera actualmente. Las leyes se han modificado y entendíamos que ese estudio no se podía extrapolar.
"Las ordenanzas requieren de una memoria que justifique la tasa, eso no lo cumplieron"
Ahora habrá que rehacer la ordenanza. ¿Debería haber una diferenciación en el tipo de negocios?
Claro, incluso desde el punto de vista del usuario. No es lo mismo un productor que tiene sus residuos domésticos, un colegio, un restaurante o un comercio, cada uno tiene su propia producción. Esa diferenciación entiendo que es lo justo y equitativo. Lo que no se puede hacer es una ordenanza sin tener un estudio concreto de lo que luego vas a cobrar. Las ordenanzas fiscales requieren una memoria económica que justifique la tasa para cubrir los costes, es una cuestión que viene impuesta por la Ley de Haciendas Locales. Entendíamos que eso no lo cumplió el Ayuntamiento de Las Palmas. No se puede extrapolar de la manera que lo hicieron, porque se generan situaciones injustas. Afortunadamente, el Ayuntamiento ha tomado una decisión plausible porque va a paralizarla y, sin embargo, en Madrid nos acabamos de personar en la casación porque sí van a recurrir la sentencia.
Ustedes han visto una falta de proporcionalidad en general.
Eso es. No hay una diferenciación en la tipología de usuario, ocurre igual en las viviendas. Habría que estudiar cada caso desde el punto de vista económico, que es lo que faltó.

Javier Navarro Betancor, abogado del bufete que ganó el recurso contra la tasa de basuras de Las Palmas de Gran Canaria. / José Pérez Curbelo / LPR
La sala falló que había una falta de justificación a la hora de calcular la tasa.
Ha entendido que, efectivamente, no hay una justificación de esa tasa y esa es la razón de que se haya anulado. Creo que el Ayuntamiento actúa correctamente porque sabe que esa justificación que hicieron es improcedente. Iniciar ahora un recurso de casación generaría más inseguridad pública.
La alcaldesa ha argumentado que la Ley 7/2022 no establece unos criterios unificados a la hora de redactar las ordenanzas.
La ley te dice cómo hay que justificarla. Está claro que no hace un traje a medida de cada municipio. Ninguna ley se hace para un municipio concreto, porque las leyes son disposiciones generales. Son los ayuntamientos los que se encargan de adaptar esas normativas generales a sus especificidades municipales, que es lo que tiene que hacer el Ayuntamiento. Para eso hay que hacer estudios económicos.
"A la Ley no le veo problema, hay otros municipios que han aprobado sus ordenanzas y no las han recurrido"
El problema es que cada municipio ha utilizado distintos criterios. Madrid usó el catastro, Barcelona el consumo de agua.
Son parámetros que se utilizan para cuantificar. No le puedo responder igual que lo haría un economista. Estos son los que deben analizar cuál es el criterio, la metodología más prudente o más adaptable a cada municipio. Porque el traje a medida lo tiene que hacer cada municipio. Para eso están los servicios técnicos de cada ayuntamiento. Cada municipio tiene que hacer sus deberes y entendemos que Las Palmas no los hizo correctamente.
La sala hace una mención a la sentencia contra la tasa de Madrid. ¿Hay un problema de base en estas ordenanzas?
Sí, aportamos los procedimientos una vez ya ganamos en Madrid, porque entendíamos que son en parte trasladables. Pero a la Ley no le veo problema. Hay otros municipios que tienen sus ordenanzas aprobadas y nadie las ha recurrido y otros que han ganado los recursos. Las hemos recurrido allá donde hemos visto que no son ajustadas a derecho, porque no cumplen determinados parámetros. En este caso, Las Palmas no cumplió el parámetro de justificar económicamente sus tasas. Madrid no hizo sus deberes bien y Las Palmas tampoco. No habríamos ganado el caso si no demostráramos que se está incumpliendo la ley.
Al haber recurrido Madrid, habrá un pronunciamiento del Tribunal Supremo. ¿Eso ayudará a esclarecer los otros casos?
Claro, si el Supremo se pronuncia marcará un criterio para que las ordenanzas se ajusten a las normativas. Dese cuenta que esto es una cuestión que se aplica a todos los municipios, pero como te decía, cada uno tiene que adaptarla conforme a su normativa y a sus peculiaridades. No son lo mismo los residuos que se generan en Puerto del Carmen, en Lanzarote, o en San Bartolomé de Tirajana [ambas zonas turísticas], que los de la capital.
"La capital utilizó un estudio de 2014 de Barcelona, está desfasado y no se puede extrapolar"
¿Hay puntos en común entre ambos casos?
Sí y no. Lo que hemos hecho es verificar. Si tú para elaborar una ordenanza fiscal cumples con los trámites que están establecidos en la ley para que la ordenanza fiscal sea justa. Si cumples con los trámites, si el estudio se ha hecho bien, si al final se ha hecho una ordenanza justa y proporcionada para lo que se persigue. A lo mejor un estudio económico bien hecho en un municipio puede ser aplicable, pero en otro no. En este caso fue que se cogió un estudio económico hecho en Barcelona en 2014 y se trajo a Las Palmas y entendimos que no era extrapolable.
Uno de los argumentos del Consistorio en su defensa es que la Ley de Haciendas Locales establece que las tasas no tienen por qué ser progresivas.
Bueno, si te refieres a la progresividad del IRPF, sí, pero nosotros no discutimos eso. Discutimos que hay bonificaciones, exenciones o reducciones a la cuota que se deberían aplicar. Porque es verdad que una tasa es una imposición para cubrir un coste. Pero la diferenciación de una tasa viene por las reducciones. Eso pasa con los aparcamientos. Un coche que contamina más paga más que un coche que contamina menos. Entonces, ¿por qué le vas a aplicar a la Salle, que es una fundación sin ánimo de lucro, la misma producción que te va a generar un comercio que genera muchos más residuos y que tiene ánimo de lucro? En el caso del coche estás cobrándole al que contamina más y aquí al que genera más residuos.
¿Darias ha tomado una buena decisión?
Nosotros aplaudimos la decisión del Ayuntamiento. Es importante porque no está generando inseguridades jurídicas. Habrá ciudadanos que habrán pagado y dependerán de lo que haga el Ayuntamiento ahora [ya está anunciada la devolución de los importes cobrados], y los que no... Si el Ayuntamiento hubiera recurrido tendrían que haber pagado hasta que la sentencia fuera firme. Han actuado de manera prudente.
En cambio, ¿Madrid ha alargado esa inseguridad?
Exacto, entendemos que esa decisión es mucho más violenta para los ciudadanos. Probablemente, tendrán que resolver un problema que no tenga que hacerlo Las Palmas si al final se confirma que es nula su ordenanza como ya ha dicho el TSJM.
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