Puedo compartir que el actual sistema electoral ha servido durante los últimos 33 años para mitigar el sempiterno pleito insular y para compensar el abandono de las islas no capitalinas. En este tiempo, efectivamente, Canarias ha disfrutado de una cierta pax territorial, lo que nos ha permitido progresar como nunca en nuestra historia. Sin embargo, ello ha sido posible a costa de una representatividad en nuestro Parlamento que primaba el territorio sobre la población, ya que además de los efectos propios de la triple paridad, se unen los de las excesivas barreras electorales, lo que para muchos ha dado como resultado una democracia de muy baja calidad.

Llevamos con este debate 30 años. Con los resultados de las elecciones del pasado 24 de mayo, ha vuelto a arreciar la polémica debido a las siguientes deficiencias derivadas de nuestro sistema: a), más de 50.000 votos, correspondientes a Ciudadanos, se han quedado sin representación (no alcanzaron la barrera del 6 % en el conjunto del archipiélago -se quedaron en el 5,93- y si no existiera esa barrera hubieran sacado 2 escaños, uno por Tenerife y otro por Gran Canaria); b), con apenas 5.000 sufragios, la Agrupación Socialista Gomera obtuvo 3 escaños en el Parlamento; y, por poner solo las tres más destacables, c), la formación que ganó en escaños (CC con 18 y el 18,19%% de los votos), fue la tercera en votos (tras el Psoe, con el 19,86% y 15 escaños, y el PP con el 18,59% y 12 diputados).

Prácticamente hay consenso entre ciudadanos y formaciones políticas en la necesidad de modificar el sistema. Por el contrario, en lo que no hay acuerdo es en qué reformar.

La triple paridad supuso conjugar en una misma cámara criterios tanto territorial como poblacionales porque, aun cuando tienen más escaños las islas con más población (Tenerife y Gran Canaria con 15), el resto de islas, que apenas tienen el 18% de la población, también se les asigna otros 30 escaños (8 a La Palma y Lanzarote, 7 a Fuerteventura, 4 a La Gomera y 3 a EL Hierro).

En mi opinión, y en la del Tribunal Constitucional, esos dos elementos característicos del sistema electoral canario están íntimamente ligados: la desproporción que ocasiona la triple paridad (que entre la isla más poblada y la menos la desigualdad del voto llega a ser de 18 a 1) se ve compensada por las barreras, haciendo muy difícil que formaciones de carácter insularista o con poco respaldo electoral se puedan beneficiar de esa desproporcionalidad del sistema (las barreras a lo largo de la historia han excluido del reparto de escaños a formaciones insularistas como el PIL o PPmajo y a otras que, como NC, Unid@s o Ciudadanos, no alcanzaron el 6% de los votos de todo el archipiélago).

Esa íntima relación entre triple paridad y barreras hace que el sistema se tenga que reformar en su conjunto. Es decir, quitar solo las barreras y dejar la triple paridad o viceversa no resuelve esas deficiencias. Al revés, las agravaría.

Como tampoco resuelve casi nada la mayoría de las propuestas que se han realizado, como añadir una circunscripción archipielágica de 10 o 15 escaños a la actual distribución o aumentar en 5 diputados a las islas de Tenerife y Gran Canaria. No resuelven el problema porque cualquiera de esas propuestas, aunque mejoraran la representatividad (en puridad solo lo hace añadir más diputados a las islas capitalinas) supone romper el equilibrio territorial conseguido por la triple paridad en favor de las islas no capitalinas, equilibrio al que muchos de sus ciudadanos me temo que no estarían dispuestos a renunciar. Sería, en el mejor de los casos, resolver un problema a costa de crear otro, no sé si más grave que el existente, pero desde luego sí importante.

Por eso insisto en que la solución estaría en la búsqueda de un nuevo equilibrio entre territorio y población donde ambas representatividades sigan estando presentes en condiciones de cierta igualdad en la toma de decisiones de Canarias como ente político. El sistema actual, pese a que los territorios como tales no participan en esa toma de decisiones, logra en la distribución de los escaños un inestimable equilibrio interinsular, aunque nunca haya operado formalmente para frenar supuestos abusos de unas islas sobre otras (supuestamente de las Islas mayores sobre las menores) o de una provincia o isla capitalina sobre otra.

Si se pretende reformar ese sistema, el nuevo no debería suponer (cosa que sí hacen las distintas propuestas de reforma del sistema electoral canario aportadas hasta el momento) ningún menoscabo para Canarias como organización política, disminuyendo drásticamente el peso de las islas no capitalinas en esa toma de decisiones, menoscabo que pudiera devolver viejos pleitos que se creían desterrados al no sentirse éstas suficientemente representadas en el Parlamento canario.

Por ello, hemos de vertebrar un sistema más racional desde el punto de vista poblacional, pero también implicando de manera fundamental a las islas como entidad política en la toma de decisiones de la Comunidad Autónoma.

A mi modo de ver, ese sistema sería el bicameral, propio de los modelos federales. En efecto, el modelo federal que se propone construye una organización política fuertemente asentada en un nuevo equilibrio entre los factores poblacional y territorial sin que ninguno aparezca infra representado frente al otro, que puede tener la virtud de conjugar las reivindicaciones tanto en la igualdad de voto entre todos los ciudadanos (poblacional) como en la representación, en términos de igualdad, de cada isla (territorial).

Esa Asamblea bicameral estaría compuesta por una cámara poblacional, el Parlamento, y por otra territorial, que la podríamos denominar Cabildo General.

En la medida en que la novedad de esta propuesta es la cámara territorial (la configuración de la poblacional la dejo al necesario debate que se requiere para facilitar el consenso y en mi opinión cabrían distintas posibilidades, como, por ejemplo, una única circunscripción archipielágica, o circunscripciones insulares con una asignación de escaños en proporción a su población o, en fin, un sistema mixto), me limito a exponer de manera genérica -y abierta a otras ideas que la mejore y/o concrete- cómo quedaría ese Cabildo General: estaría compuesta por 21 miembros, designados tres por cada Cabildo de entre sus miembros. Dejo también para el consenso determinar si esos tres miembros son designados por el equipo de Gobierno insular (como en el modelo federal alemán) o en proporción a las fuerzas políticas existentes en su seno (por ejemplo, los tres primeros electos en las elecciones insulares).

Uno de las cuestiones capitales ha de ser que esta segunda cámara sirva a los fines para los que es concebida: la participación de las Islas en la formación de la voluntad archipielágica. Así, si no contase con importantes y suficientes funciones estaríamos creando algo totalmente inoperante, con la lógica consecuencia de la oposición de grandes sectores políticos y sociales del Archipiélago. Es de gran trascendencia que esté dotada de suficientes cometidos como para que los allí representados puedan aportar cosas a esa voluntad autonómica, para que con la transformación de la Institución (y del sistema electoral) se gane en representatividad y en democracia, para que todos los sectores del Archipiélago, los políticos y sociales (a través de la representación poblacional) y los Insulares (en la territorial) se vean involucrados, en igualdad de funciones e importancia, en la toma de decisiones del ente político que es Canarias.

Es por ello por lo que ambas cámaras han de participar en funciones legislativas, presupuestarias y de control político. Cosa distinta a las funciones de esta segunda cámara, el Cabildo General, es la forma en la que interviene en dichas funciones. Así, si uno de los objetivos de la implantación de las Autonomías es acercar los asuntos políticos a los ciudadanos y evitar los largos trámites en la resolución de los asuntos que les afectan, sería una contradicción, al instaurar esta segunda Cámara, alargar los procedimientos parlamentarios; por ello la intervención del Cabildo General ha de ser de ratificación de lo ya acordado en la cámara poblacional pero con la posibilidad de veto. Es decir, si esta Cámara solo interviene para ratificar los acuerdos del Parlamento se le debe dar la posibilidad de vetar dicho acuerdo si la mayoría suficiente de los miembros del Cabildo General (entre 11 y 13 de los 21, a concretar, dependiendo del modelo de designación elegido) así lo deciden. Ese veto se podría levantar con la posibilidad de introducir modificaciones puntuales vía enmienda que permitan el consenso entre ambas cámaras o, de persistir el desacuerdo, como ocurre en la generalidad de casos de Derecho Comparado, mediante una mayoría cualificada en la Cámara poblacional, que por su propia naturaleza es la que tiene un plus de legitimidad democrática.

Por último, y en la medida en que uno de los problemas más importantes con los que se topó Canarias en su génesis autonómica (cuestión heredada del siglo pasado y mal resuelta con ocasión de la división provincial de 1927) fue la de la doble capitalidad y, en consecuencia, el de la sede de sus Instituciones de Autogobierno, se puede fijar en cada una de las capitales (Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria), una Cámara e, incluso, establecer que sus sesiones se puedan celebrar en cada una de las capitales del resto de islas.

Las únicas críticas que se han vertido sobre esta propuesta se refieren a que el modelo va a ser más caro o que va a complicar la toma de decisiones, sin embargo ello no cierto porque hay soluciones eficaces para que ello no sea así (como que los miembros de esta segunda Cámara no cobren porque ya son miembros de los Cabildos insulares o como la sencillez con que se puede oponer y levantar el veto), por lo que no son, ninguno, argumentos válidos para desechar el modelo. Más parecen meras excusas que razones de peso.

Me doy por satisfecho si por lo menos sirve para abrir un debate serio y sosegado sobre cómo construir definitivamente este archipiélago atlántico...

(*) Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de la Laguna