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Entre líneas

Dígaselo con un emoticono o, mejor, muérdase la lengua

Quién no ha mandado a alguien a ese lugar apestoso en el que se acumulan las deyecciones, y que en la cultura hispana reservamos a quienes se empeñan en molestar, decir tonterías a destiempo o trasladar a los demás su revuelto estado de ánimo? Forma parte del, digamos, acervo cultural de este país, tan ácrata como zafio, tan amigo de decir siempre la última palabra, aunque ésta sea un bárbaro exabrupto. Quien esté libre de pecado que tire la primera piedra. Pero cuidado: dependiendo de la situación en que se suelte, la socorrida fórmula puede llegar a salir cara. Que se lo digan a un granadino al que una jueza de Violencia contra la Mujer acaba de condenar a cinco días de arresto domiciliario por enviar a su pareja un "vete a la mierda" como un pino, a través de Whatsapp. El caso es que la compañera del susodicho no se quedó corta en su respuesta, ya que tecleó, por el mismo medio, el siguiente mensaje: "A la mierda te vas tú", solo que sustituyendo la soez palabra por el emoticono que representa un señor zurullo con expresión sonriente y un tanto alelada. Claro que a ella no le ha caído condena alguna. No porque haya utilizado una forma de expresión menos ofensiva, sino porque esos tribunales especiales que son los Juzgados de Violencia contra la Mujer solo se reservan para un tipo de infractor, de sexo varón, para más señas.

Al granadino en cuestión le han condenado por un delito leve de injurias/vejaciones en el ámbito familiar, previsto y penado en el artículo 172.3 del Código Penal. Es un artículo especial, dentro del título dedicado a las coacciones, que establece un castigo distinto para aquellos hombres que cometan el delito en la persona de sus parejas de sexo femenino. Un castigo más oneroso y humillante. Y es que, si la víctima es un hombre, y el victimario, pongamos, una mujer, la ley le depara solo una condena de multa de hasta tres meses, una ligera molestia económica. Pero si es un hombre el que comete esas injurias/vejaciones en la persona su compañera o esposa, puede ser condenado a un arresto domiciliario de entre cinco y treinta días -o una multa de uno a cuatro meses, incluso trabajos en beneficio de la comunidad-, a cumplir siempre en un domicilio diferente y alejado del de la víctima. Digamos que un "vete a la mierda" a destiempo le puede costar a uno el destierro. Evidentemente, un precio demasiado elevado, uno diría que claramente injusto.

Independientemente de que una expresión como "vete a la mierda" casi ha perdido su sentido ofensivo de tanto usarse, esta condena es un ejemplo palmario de los efectos distorsionadores que puede llegar a provocar una legislación especial, que, por mucho que persiga un fin encomiable en el que todos deberíamos estar implicados de forma militante, como es la extirpación de la violencia contra la mujer -todos debemos estar implicados en la extirpación de cualquier violencia-, introduce una discriminación que no se puede aceptar en una sociedad avanzada. Algunos partidos, como Ciudadanos, ya han señalado lo insostenible de la situación, lo que les ha valido que les tilden poco menos que de defensores de los maltratadores. Muchos abogados vienen señalando los peligros de una legislación especial que ni siquiera está cumpliendo sus objetivos, porque el maltrato continúa año tras año en cifras muy parecidas, si no superiores.

Urge reconducir la situación. Mientras tanto, si se le pasa por la cabeza mandar a la mierda a su mujer, vale más que se lo diga con un emoticono. O mejor aún, muérdase la lengua, contenga el dedo del Whatsapp y respire hondo diez segundos. Tiene mucho que ganar.

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