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LA MIRADA CRÍTICA

Urge otra ley electoral

Como colofón de las reflexiones de Carolina Bescansa sobre el problema de la Constitución, tuvo lugar una reunión sobre ese asunto en el Departamento de Filosofía y Sociedad de la Universidad Complutense de Madrid bajo el título España en crisis: propuesta por el cambio constitucional. La organizó Luis Alegre y participó Bescansa y constitucionalistas como Viciano, Oliván y De Cabo. Debo decir que asumo el libro de Oliván, Para una lectura radical de la Constitución de 1978. Su tesis es que esa lectura de la Carta Magna activa el poder constituyente que la produjo. Yo estoy de acuerdo.

Es preciso relativizar la tesis de que una reforma de la Constitución es menos radical que un nuevo texto. La discusión entre reforma y ruptura pudo tener sentido en 1978, porque veníamos de una dictadura, pero apenas la tiene ahora, cuando nadie puede negar que los últimos cuarenta años encierran una experiencia democrática. Sería insensato no evaluar esa experiencia y no considerarla como un índice de la estructura de nuestro pueblo. Y nadie que ignore los rasgos centrales de su pueblo tiene derecho a poner la mano en la rueda de su historia.

Una Constitución es un instrumento para mantener abierta la historia política de un pueblo. No es un fin en sí mismo. Si hay una evidencia entre la opinión pública es que ese instrumento ya no es eficaz. Respecto de la forja de un nuevo instrumento apenas tenemos duda. Hemos de situar su debate dentro de un argumento funcional. Lo más importante de una Constitución está fuera de ella. Le sucede lo mismo que a los demás dispositivos. Una caja de herramientas no es nada sin su contexto de fines. Si hay una enseñanza relevante es esta: no se puede evaluar una Constitución sin tener en cuenta el actor político que ha de manejarla. Así que aquí nada de maximalismos. Podemos propiciar una constitución nueva más reaccionaria que la que tenemos en vigor, mientras que una lectura radical de la nuestra puede perfeccionarla de forma intensa si tenemos en cuenta la experiencia de las últimas décadas.

De todo ello extraigo una conclusión: debemos hablar de dispositivo constitucional más que de Constitución. Y debemos analizar la experiencia que hemos tenido con el actual, para saber lo que podemos y debemos cambiar de él. Y este dispositivo constitucional debe comenzar a definirse a partir de los fines que imponemos a la Constitución como herramienta al servicio de la existencia política de nuestro pueblo. Tras un análisis de nuestra experiencia reciente, creo que los fines de nuestro pueblo deben ser los siguientes: mejorar la calidad de nuestra democracia, producir una sociedad más eficiente, justa e igualitaria, y garantizar el derecho de las minorías nacionales. Estos tres fines se pueden reunir en uno: hacer de los españoles un pueblo avanzado entre los europeos.

Si estos son los fines que debemos promover, entonces debemos apreciar cómo ha evolucionado la Constitución del 78 durante estos años respecto a ellos. Desde Jellineck contamos con el concepto de "mutación constitucional" para medir aquellos cambios que registra un dispositivo constitucional no como consecuencia de un cambio de la letra de la Constitución, sino como mero efecto del uso político de la misma. Una mirada imparcial de ese uso político permite decir que la Constitución española ha sufrido una mutación que ha empeorado la calidad de nuestra democracia. Primero, porque ha promovido la distorsión de la representación política por dos motivos: porque ha concedido un plus demasiado alto a las fuerzas más conservadoras, representativas de las poblaciones más envejecidas y rurales. Segundo, porque no ha impedido prácticas corruptas en los agentes políticos que representan a ese electorado más arcaico. Creo que se puede decir sin exagerar, respecto de este punto, que España ha conocido una regresión en calidad democrática.

No se trata de las primas de la ley D'Hondt. Se trata de que esas primas se aplican sobre todo a las poblaciones menos progresivas del Estado. Y esto hace que la representación política esté condicionada por un sentido muy frágil de la responsabilidad. Por supuesto, los políticos beneficiados por esa prima no tienen ni una política agraria, ni sirven a los intereses de las zonas deprimidas, ni asumen una agenda ecologista, ni tienen una política social adecuada para ancianos y dependientes. Pero sus votantes están dotados de un minimalismo de exigencias que les hace conformistas con lo que hay. Eso ha permitido que, con sus votos, los gobiernos de turno avancen con pie firme hacia una España cada vez menos solidaria, menos justa y menos igualitaria. En verdad, esos votantes no lo han notado tanto porque la catástrofe recae sobre las espaldas de los jóvenes. La estabilidad calculada que los gobiernos españoles han ofrecido a los mayores, se hace al precio de no ofrecer un futuro a la juventud.

En suma, esa prima D'Hondt no va tanto destinada a configurar gobiernos mayoritarios cuanto a primar determinados electorados conservadores. Por eso, en realidad España ha conocido gobiernos frágiles que han tenido que acudir a las minorías nacionales, que de este modo no sólo han aspirado a defender sus derechos minoritarios, sino también a imponerse como socios preferentes de los gobiernos centrales y alcanzar un plus de beneficios que no estaban orientados a la defensa de sus derechos como minorías. Así, la necesidad de concesiones especiales no ha fomentado una sociedad igualitaria y justa, como saben las comunidades que no pueden intervenir en los procesos de formación de Gobierno. Pero en realidad, nadie se beneficia de estas concesiones oportunistas que el Ejecutivo de turno busca neutralizar en los momentos en que no necesita de esas minorías.

Así las cosas, este dispositivo constitucional no permite la lucha por fines políticos claros, definidos, explícitos. Somete a cualquier fin político a una extraña cadena de presiones que torna al Ejecutivo tan sensible a quien puede coaccionarlo como despiadado a quien no puede presionarlo. De esta manera, no podemos avanzar hacia la realización de los fines que podamos imaginar como pueblo. En realidad, el dispositivo invita a los diferentes gobiernos a impulsar una política de compensaciones oportunistas que, en último extremo, refuerzan su capacidad decisionista orientada al centralismo económico, y que sume al grueso de las comunidades autónomas en una dependencia endémica, que bloquea cualquier despliegue razonable y programático de los servicios públicos bajo su competencia.

En estas condiciones, España sólo puede ir dando tumbos por la historia. A veces resarcirá a las minorías nacionales con la atención de alguna de sus reivindicaciones, pero, tan pronto como pueda prescindir de sus servicios, el Gobierno central las amenazará con perder lo ganado con toda su artillería legal. Por eso es necesaria la reforma del dispositivo constitucional. Y es preciso decir con claridad que, con el actual, no habrá manera de que el electorado más consciente y progresista pueda gozar de la fuerza suficiente para forjar un proyecto para nuestro país. O por decirlo de otro modo: así, solo podrá ganar una política que se parece a la del PP como dos gotas de agua.

Pero un dispositivo constitucional que casi determine que siempre ganen los mismos no es ni democrático, ni justo, ni permite la defensa del derecho de las minorías. Por eso, lo más urgente no es reformar la Constitución. Lo urgente y previo es reformar la ley electoral que configure los actores políticos que hayan de reformarla. Y esto a partir de una representación más proporcional y democrática, que refuerce las mayorías en un sentido finalista para formar un gobierno sin coacciones, y no para conceder una prima a la población más afín con unos partidos dados.

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