El 1 de agosto del año 2014 firmé un contrato como arrendataria en Santa Flora, que es un barrio que pertenece a Arucas.

Al principio todo muy bien y muy claro, la cantidad estipulada durante cinco años es de 400 ? en el que quedan incluidos los gastos que se derivan del suministro de luz y agua. Lógicamente, durante todo el tiempo que llevo he estado pagando y hasta en ocasiones por adelantado, hasta que comencé a hacerlo entre los días uno y cinco del mes, lo que marca la ley.

Hace como un año vino la dueña para decirme que no me tocaban el alquiler pero tenía que abonar el importe de la luz, a lo que le contesté que lo comentaría con mi abogado y que lo que él dijera se haría. Efectivamente, los conceptos de agua y luz estaban incluidos hasta que el contrato cesara.

La vivienda dice estar equipada con la cocina, que incluye nevera, placa y termo de gas y únicamente será destinada a vivienda, excluyendo cualquier otra actividad.

Durante varios años fue una vivienda unifamiliar. ¿Eso qué quiere decir? Que aun cuando hoy haya dos viviendas, no hay llave de paso individual de agua, las palancas de la luz son únicas, etc...

Desde el día 15 del mes en curso se rompió una pieza del termo de gas butano; hoy día 28 sigo en la misma situación, sin poder ducharme. Me pongo en contacto con los dueños y les pregunto el motivo de que no se repare: unas veces no se encuentra la pieza, otras no se va a poner un termo nuevo.

La OCU me da la razón y son los dueños del edificio los que tienen que arreglar el tema.

Será posible que en un corto plazo pueda hacer la vida normal de una persona que lo único que pide es que la gente cumpla con sus compromisos.