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OBSERVATORIO

La demagogia impositiva

No veo nada objetable en fijar un límite a lo que cualquier persona puede adquirir por el mero favor de los demás, en ningún ejercicio de sus facultades y en exigir que, si desea aumentar su fortuna, trabaje para ello" (John Stuart Mill; 1806-1873).

"Se considera ampliamente -y compartimos esa opinión- que la riqueza heredada es un objeto adecuado de un mayor gravamen por razones de equidad y de incentivos económicos. Se admite que el ciudadano que con el propio esfuerzo y empresa ha acumulado una fortuna merece un trato fiscal mejor que el ciudadano que es dueño de una propiedad similar simplemente como resultado de la fortuna al nacer; y gravar a aquel de forma más favorable que a este último desincentivará menos el esfuerzo y el espíritu de empresa". (Informe Meade; 1978).

El Instituto de Estudios Fiscales británico publicó en 2013 un exhaustivo Informe que tomó el nombre del presidente de su Comité de elaboración: James Mirrlees, prestigioso hacendista liberal y premio Nobel de economía, conocido como Informe Mirrlees.

El Informe trata de responder a una pregunta crucial: ¿cuál puede ser un buen sistema fiscal para el siglo XXI y qué sugerencias pueden darse para orientar la reforma de un sistema fiscal específico?

Un tema relevante del Informe es que los principios tributarios clásicos: la suficiencia, la equidad, la eficiencia, la sencillez, etc, deben de encontrarse, no en cada impuesto, sino como resultante del sistema tributario en su conjunto y que la evaluación y reforma del sistema fiscal no puede hacerse al margen del sistema de prestaciones públicas.

Como conclusión el Informe, con un enfoque estrictamente económico, prescinde de las implicaciones de orden jurídico, contable o político de su implantación, señalando: "El mejor sistema impositivo sería aquel que para unos objetivos recaudatorios y distributivos dados, optimizara el logro de los restantes objetivos dentro de las restricciones que imponen el contexto económico y político y la disponibilidad de la información".

Se trata fundamentalmente de un marco general pleno de rigor y sentido común de carácter prospectivo en el que ir incardinando el necesario proceso de adaptación de un sistema tributario, como el nuestro, que los avatares del proceso de globalización, la crisis de 2008 y la acción demoledora contra la recaudación por parte de la acción de las denominadas "termitas fiscales", en feliz expresión de Vito Tanzi ( el auge del dinero electrónico, el incremento de transacciones entre grupos y empresas relacionadas, los paraísos fiscales, la proliferación de "derivados" y "fondos especulativos de cobertura", entre otros), han erosionado algunos de los principios hacendísticos canónicos como la Suficiencia y la Equidad, y con ello cuestionan según el Informe citado dos de las premisas imprescindibles de todo sistema tributario: causar el menor daño posible al potencial productivo de la economía y que sea percibido como justo por la mayoría de los ciudadanos.

Así, el sistema tributario en cada momento no será, en ningún caso, resultado de un diseño integral y ordenado sino de diferentes decisiones adoptadas por los gobiernos en momentos y circunstancias diferentes para tratar de afrontar problemas específicos y dentro de un entorno cambiante.

Sobre esta construcción delicada y de extraordinaria complejidad irrumpe con una fobia y una radicalidad insólita el "cierre de filas" decretado por el PP, representado esta vez por la presidenta de la Comunidad de Madrid, seguida inmediatamente por otros altos ejecutivos de diferentes comunidades autónomas uncidos bajo el lema de "bajada radical de impuestos". Una acción muy nítida que se inscribe en una estrategia de descalificación de la política del Gobierno y de la que no sé muy bien qué resaltar más: si la zafiedad y cierta obscenidad que presiden las diferentes declaraciones, profusamente reproducidas cuando no jaleadas por ciertos medios de comunicación, o la endeblez y la ausencia de rigor de un razonamiento económico mínimamente ilustrado sobre los efectos resultantes de la potencial aplicación de esas políticas fiscales en términos sociales y territoriales.

La asunción acrítica por parte de muchos medios de comunicación y muy particularmente el nefando papel que a través de sus editoriales y colaboradores habituales juegan diarios económicos como Expansión o El Economista - ¡qué diferencia en el rigor y en el tratamiento de la información con el semanario The Economist!- nos obliga a efectuar ciertas precisiones amparadas tanto en el orden de la exigencia constitucional que explícitamente recoge en su articulado la obligación de no alejarse del objetivo de la justicia tributaria como en los análisis que nos incitan a reinterpretar el famoso "trade-off" entre desigualdad y resultados económicos a partir de las nuevas investigaciones de una panoplia amplia de economistas: John E. Stiglitz, Thomas Piketty, etc, y los escritos de expertos españoles como Antón Costas, Borja Balagué y Carlos Sebastián, entre otros.

Conviene recordar que la Constitución Española (CE) obliga en su art. 31.1 a una "justa distribución de la riqueza, lo que debe perseguir tanto a través de de las leyes de ingresos (de un sistema tributario justo) como a través de las leyes del gasto (el gasto público realizará una asignación equitativa..." Además, recoge los principios materiales de justicia tributaria referidos a la capacidad económica, la igualdad, la generalidad y el principio de progresividad y no confiscatoriedad. Principios todos ellos que el legislador tiene que tener presente cada vez que "establezca" un tributo. (Arrieta Mtnez .de Pisón, J ; 2016).

Así que, por una parte se ha de ser muy selectivo en la elección de los tributos que se escogen para incrementar la presión fiscal a fin de evitar un sistema tributario alejado de la igualdad, la equidad y la redistribución y, al mismo tiempo, no olvidar que el patrimonio junto a la renta y el consumo constituyen las tres clásicas manifestaciones de la capacidad económica para someter a tributación y como tales se deben gravar en función de su diferente "volumen" y "origen".

Lo que no encuentra, desde luego, descargo alguno es desechar tales tributos (ingresos) y a la vez justificar en su falta de ingresos, la reducción de servicios públicos (gastos), máxime cuando se trata de servicios públicos esenciales que serán entonces autofinanciados. ( Vid. Arrieta Mtnez. de Pisón, J; ob cit). Todo ello lleva a considerar al autor que la equidad y la redistribución obligan a considerar el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y el Impuesto sobre Sucesiones Y Donaciones (ISD) como tributos necesarios e imprescindibles en el cuadro final de nuestro ordenamiento tributario. Y no tanto por su capacidad recaudatoria sino por razones extrafiscales como la mayor equidad en la carga tributaria, el fomento de la utilización más productiva del patrimonio y la redistribución de la riqueza obligada constitucionalmente.

El punto de partida del Informe "Una Reforma Fiscal para España, (Fedea Policy Papers ? 2015/02) es la constatación de que nuestro país cuenta con un sistema impositivo muy ineficiente, que solo fue capaz de recaudar los niveles adecuados para financiar nuestro Estado de Bienestar bajo los efectos de la burbuja inmobiliaria.

A pesar de que prácticamente todas las figuras impositivas cuentan con tipos marginales muy altos y, en general, por encima de la media europea, el nivel recaudatorio es, en la mayoría de los impuestos, muy baja. España recauda cerca de 8 puntos del PIB menos que la media de la Unión Europea como resultado, entre otros, de la acción de los denominados "beneficios fiscales".

Como no resulta factible reducir el deficit estructural a través del recorte del gasto publico, que ya se sitúa por debajo de la media europea, sin debilitar una parte importante de los programas del Estado de Bienestar, la necesidad de incrementar los ingresos se hace evidente.

El reto va a ser la forma de incrementar la recaudación como porcentaje del PIB sin dañar el crecimiento económico.

La derecha neoliberal y sus medios de propaganda han echado mano, con frecuencia, de las bondades explicativas de la Curva de Laffer que vincula los ingresos fiscales y los tipos impositivos y su instrumentalización para la bajada de impuestos, haciendo un uso general y ahistórico de un mecanismo que hasta un neófito en nuestra disciplina conoce: la inexistencia de simplistas relaciones de causalidad en un mundo complejo que exige modelos multivariante de análisis y referencias precisas al momento histórico en el que se producen los hechos.

El economista John E. Stiglitz, premio Nobel e investigador en el tema de la desigualdad, en su trabajo Rewriting the rules of the American Economy, 2015), sitúa el proceso de generación de desigualdad en el corazón del proceso productivo en el estado actual del capitalismo a través del conjunto de reglas o normas que regulan la economía mundial (The Current Rules),que se convierte en responsables de que los fenómenos de la igualdad y los resultados económicos aparezcan como fuerzas opuestas, en continua colisión, mucho más que como hechos complementarios que se retroalimentación entre si. Y ello se produce ,en parte, porque el proceso de desigualdad no tiene que ver con el funcionamiento "normal" de los mercados, que retribuyen a los actores económicos en función de sus aportaciones al proceso productivo sino que se derivan de su capacidad para "extraer" rentas.

En la medida en que gran parte de los mercados realmente existentes no son competitivos y el fenómeno de extracción de rentas es masivo, existe un margen considerable para la reforma de los mercados de forma que puedan disminuir las desigualdades sin dañar el funcionamiento de la economía en su conjunto lo que permitiría favorecer el uso de políticas predistributivas sin un gran coste político.

Además y, obviando la complejidad de instrumentar políticas predistributivas como la conocida de "la renta básica" u otras de similar naturaleza, sitúa la predistribución,fuera del ámbito de la acción directa del Estado ya que su papel se reduciría a adoptar acciones o medidas que no ejecuta el Estado directamente sino que únicamente estimula u obliga a otros agentes a asignar recursos en la forma pretendida.

Una manera de definir la predistribución con el criterio del agente y no del objeto que debe de ser complementada con la redistribución ex post mediante programas de sostenimiento de rentas, clásicas de la socialdemocracia.

La derecha ideológica y política española ha entrado en un mundo de la extraordinaria complejidad descrita como "un elefante en una cacharrería" y con vocación de extrapolar sus planteamientos a todas las Comunidades Autónomas cualesquiera que sea su nivel de renta y riqueza.

Un verdadero desatino porque hay muchas maneras, quizás, de romper España; conocemos la que utiliza el independentismo político pero no infravaloremos el efecto de la demagogia y la insolidaridad territorial.

Incentivar la competencia fiscal entre regiones, en beneficio de las más ricas, rompe el principio de solidaridad, reactiva el "efecto sede", refuerza las ventajas de la capitalidad y contribuye al proceso de desertización de grandes partes de nuestro país.

La derecha gobierna en regiones con un profundo problema de despoblación y múltiples ejemplos de lo que se denomina la España vacía. ¿ Les va a dar la bandera de España para cubrirse sin que queden al descubierto sus vergüenzas tributarias?

José Luis Marrón Jaquete. Economista

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