La Provincia - Diario de Las Palmas

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OBSERVATORIO

¿Judicializar o desjudicializar?

Hace 60 años, quienes trataban de incluir mecanismos del Estado de Derecho en el andamiaje decisionista de la dictadura de Franco abogaban por someter a control judicial todos los actos del Gobierno, los más importantes de los cuales, aquellos de carácter político, gozaban de inmunidad jurisdiccional. En cambio, el ejercicio de los derechos humanos de libertad y participación se encontraba criminalizado, de modo que los demócratas propugnaban en todos los foros a su alcance la exclusión de tales ilícitos de la legislación punitiva. Por supuesto, el estamento judicial, además de carecer de independencia, actuaba, junto con el ejército y la policía, de brazo represor del régimen.

La Constitución de 1978 cambió por completo semejante escenario. Al crear un Estado de Derecho, hizo de la justiciabilidad de todas las normas y actos de los poderes públicos el elemento axial del nuevo sistema. Incluso las disposiciones del legislador democrático se hallan sometidas a control jurisdiccional. El juez o magistrado, ya sea el que integra el Poder Judicial, ya el que compone el Tribunal Constitucional, es el protagonista, si bien no el único, de la actual forma estatal.

Puede que esta fuerte corrección judicialista del Estado democrático no se encuentre exenta de riesgos: los propios de introducir en él un importante contrapeso institucional aristocrático, al cual se le ha otorgado la potestad de enmendar la plana a los órganos que dimanan, directa o indirectamente, de la elección popular. Tal sucede especialmente en el desempeño, ocasionalmente desbordado por un exceso de activismo, de la jurisdicción constitucional. Pero, aun con algunos brotes de propensión legiferante del Tribunal Constitucional, nuestro Estado de Derecho supone sin duda una cumbre de la civilización. Debemos velar constantemente, generación tras generación, por su pervivencia y lozanía.

Ahora bien, si en nuestro Estado de Derecho ningún acto del poder público (salvo todavía, lamentablemente, la reforma de la Constitución) resulta inmune al control jurisdiccional y hemos alcanzado un alto grado de judicialización -de lo cual hemos de congratularnos quienes perseguimos el ideal clásico de ser gobernados por leyes y no por hombres-, ¿qué se quiere decir exactamente cuando se propone, en tribunas políticas y periodísticas, "desjudicializar"? ¿Es que hay aspectos de la vida institucional española excesivamente judicializados?

A veces, en efecto, se formulan quejas sobre el efecto de politización de la justicia que conlleva el ejercicio de la acción popular en materia penal por unos partidos frente a otros. Pero este fenómeno, aun siendo un testimonio más de la lucha política, no resulta cuantitativa ni cualitativamente relevante, según me parece, y tampoco es necesariamente nocivo, por más que la finalidad de la persecución sea como mínimo propagandística y de desgaste. En realidad, las recientes apelaciones a la desjudicialización van por otro camino y proceden del entorno soberanista y secesionista. En Cataluña, se dice por los independentistas (como antes se afirmaba en los entornos abertzales simpatizantes de ETA o se sostenía por sus primos del nacionalismo "contemporizador", y nunca mejor dicho), existe un conflicto político al que se responde únicamente con la represión penal, lo que prueba la ausencia en España de un verdadero Estado democrático. Para estas gentes y para quienes en Barcelona y en Madrid les bailan el agua, la puesta en marcha de los mecanismos punitivos de defensa del Estado supone una verdadera aberración. Es, según opinan, judicializar el conflicto, no abordarlo mediante el diálogo político propio de auténticos demócratas.

Que un conflicto como el organizado por los separatistas catalanes debe afrontarse con instrumentos políticos es tan indudable que lo ha dicho hasta el propio Tribunal Constitucional. Hacer depender la solución de tal conflicto de la sola acción de los jueces (método Rajoy) es cobardía de gobernantes pusilánimes y un error estratégico colosal. Ahora bien, cuestión distinta es pretender que el Estado se desarme penalmente y quede a merced de sus enemigos; y no otra cosa persiguen los separatistas y los que juegan al juego del poder como a la ruleta rusa. Por consiguiente, rediseñar los vigentes tipos delictivos de la rebelión y de la sedición, no en desenvolvimiento de una política criminal racional, sino para contentar a los secesionistas, sería de una irresponsabilidad absoluta, y de un coste político atroz para los promotores de semejante iniciativa. Una maniobra así, que permitiría a los encarcelados del procés acortar sus condenas sin necesidad de ser indultados (¿y qué indulto cabe para quienes no manifiestan arrepentimiento alguno?) tendría, a buen seguro, una respuesta electoral sumamente negativa. Creo que ningún demócrata dejaría de experimentar vergüenza en tal circunstancia.

Entonces, y puesto que el conflicto promovido por los sediciosos de 2017 hemos quedado en que se trata de un conflicto político, ¿cómo se resuelve? Pues se puede empezar por dejar bien claro a los independentistas que jamás habrá un referéndum de autodeterminación. A partir de ahí el famoso "diálogo" deberá versar sobre los problemas reales de la ciudadanía catalana (financiación, infraestructuras y comunicaciones, políticas sociales de todo orden, etc.), no sobre las inflamaciones identitarias de su pintoresca e inepta élite política, ignorante, por lo visto, y no obstante sus muchas ínfulas supremacistas, del arte del buen gobierno.

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