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Observatorio

El TC, un tribunal necrófago

La rapidez en la resolución de los conflictos debe ser una regla de oro de la justicia en una democracia avanzada. Es obvio que los tribunales, salvo algunas excepciones, se pronuncian con posterioridad a los conflictos. Pero si los jueces y tribunales son rápidos, utilizando como símil a los médicos de urgencias, podríamos decir que el moribundo podría recuperar la vida, mientras que si los tribunales son lentos se encontrarán, como los médicos forenses, con un cadáver nada exquisito. En algunos casos, la justicia, por muy tardía que sea, puede ser reparadora, pero cuando se trata de vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas, si la intervención de los tribunales no es inmediata, la reparación es imposible; la libertad limitada o suspendida ilegalmente no será posible recuperarla pues todavía no podemos retroceder en el tiempo.

La sentencia del Tribunal Constitucional sobre la primera declaración del estado de alarma se ha producido más de un año después de que entrara en vigor el real decreto de 14 de marzo de 2020 que lo acordó y cerca de un año desde que se extinguieran sus efectos. Esta lentitud no tiene justificación alguna, ya que como pudimos comprobar a propósito de los actos de los independentistas catalanes contrarios a la Constitución, que tuvieron lugar en 2017, el Tribunal Constitucional se pronunció con la rapidez exigible: fue capaz de evitar que el enfermo se convirtiera en cadáver. ¿Qué pensaríamos si las resoluciones del Constitucional relativas al ‘procés’ se hubieran producido un año después de aquellos acontecimientos? Sin duda alguna, la opinión generalizada habría sido que el mencionado tribunal había actuado sin el menor sentido de su alta responsabilidad.

Sin embargo, ningún reproche se ha escuchado a la tardanza del Constitucional en dictar su sentencia en el caso de la declaración del primer estado de alarma. Y las cosas no finalizan aquí. Al parecer, según informaciones del propio tribunal, la sentencia sobre el segundo estado de alarma, ya extinguido, comenzará a debatirse en el próximo otoño, confirmándose el carácter, que no la naturaleza, necrófago de este tribunal.

La sentencia antes mencionada no solo no ha garantizado derechos fundamentales y libertades públicas, sino que, además, ha mostrado la cara más oscura del Tribunal Constitucional, acentuada por comentarios impropios de miembros del Gobierno, entre ellos dos juezas de profesión, que identifican sentido de Estado con sumisión del tribunal a los intereses del Gobierno, intereses que no tienen porqué coincidir siempre con los del Estado. En materia de derechos fundamentales y libertades públicas los fines no justifican que el Gobierno pueda elegir los medios que le parezcan oportunos al margen de la Constitución y las leyes que la desarrollan, particularmente cuando puede elegir otros medios o crear mediante leyes medios que no vulneren valores, principios y preceptos constitucionales.

Por su parte, el Tribunal Constitucional no parece muy comprometido con la garantía de los derechos fundamentales y las libertades públicas. En 2015 el Gobierno de Mariano Rajoy promovió la reforma de la ley orgánica de dicho tribunal, instada por él mismo, que le permite inadmitir desde entonces más del 98 % de los recursos de amparo que se le presentan, sin motivación alguna y con la única finalidad de aligerar el trabajo de sus miembros. Esta masiva denegación de justicia que practica cada día el Constitucional obliga, a quienes ven sus recursos de amparo inadmitidos, a recurrir ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, lo que ha provocado que éste se haya colapsado al tener pendientes decenas de miles de recursos que se presentan por inadmisiones de recursos de amparo o resoluciones denegatorias de derechos a todas luces injustas.

Probablemente, la tardanza del Tribunal Constitucional en resolver los recursos que se le han presentado contra las declaraciones del estado de alarma respondan a la misma dinámica a que antes nos referimos: su falta de compromiso con la garantía de los derechos fundamentales y las libertades públicas que la Constitución le ha encomendado. Y esta falta de compromiso tiene también su causa en la regla fáctica que rige el nombramiento de sus miembros, que no es otra que la adscripción política de los mismos. Los dos partidos políticos españoles hegemónicos, PSOE y PP, han nombrado miembros del TC a personas leales a sus respectivos intereses. La independencia de los nombrados no es un valor para los mencionados partidos políticos y su calidad jurídica les resulta indiferente. De esos polvos los lodos actuales en que se encuentra el tribunal, cuyo deterioro es difícilmente reversible porque en la agenda de los mencionados partidos políticos no está cumplir la Constitución nombrando a magistrados de gran calidad jurídica y de independencia acreditada.

Varias lecciones podemos sacar de lo sucedido. En primer lugar, se observa que el Gobierno adopta medidas que limitan o suspenden derechos fundamentales y libertades públicas sin un asesoramiento jurídico adecuado que le habría evitado adoptar medidas como las incluidas en el real decreto que declaró el estado de alarma. Y, lamentablemente, hemos podido comprobar, una vez más, que el Consejo de Estado, aquejado de los mismos vicios en la selección de sus miembros que el Tribunal Constitucional, no está cumpliendo sus funciones con la independencia y calidad jurídica que debería exigirle el propio Gobierno.

En segundo lugar, y en la materia que nos ocupa, habida cuenta de lo sucedido sería conveniente introducir controles previos a la adopción de estados de alarma. Podría tomarse como ejemplo el Derecho de la Unión Europea en que la adopción de determinados acuerdos exige el dictamen favorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esta función preventiva podría atribuirse al Tribunal Constitucional, con lo que se evitarían crisis institucionales como la que está teniendo lugar y las que nos esperan.

Cuando derechos fundamentales y libertades públicas son presuntamente vulnerados por el Gobierno necesitamos un Tribunal Constitucional que actúe como los médicos de urgencias y no como los forenses.

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