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José María Asencio Mellado

Memoria democrática y propaganda

Hay cosas que deben preocupar, más por lo que significan, que por sus efectos. La llamada «ley de memoria democrática», que no es de memoria, ni democrática, que quiere perseguir los delitos cometidos en el franquismo y la Transición, hasta 1982, no 1978, pero solo por unos, no por los otros, va a ver la luz. Y a uno, que se considera persona ya mayor y con algunos conocimientos jurídicos –a años luz al menos de los activistas que nos gobiernan–, esto le parece uno más de los desvaríos de una izquierda que no acaba de ajustar cuentas con su propio pasado e incierto futuro.

Memoria democrática  y propaganda

Memoria democrática y propaganda José María Asencio Mellado

La propuesta es tan inútil como reveladora de su impotencia o simplemente de la finalidad perseguida, jurídicamente nula, pero útil para sembrar confrontación entre los más ideologizados de ambos lados del tablero.

No se han atrevido a derogar la ley de amnistía de 1977, que extinguió la responsabilidad penal de todos, no solo de unos y lo hizo, a diferencia de las leyes de punto final de las dictaduras americanas, de común acuerdo, por consenso. Tanto que la ley de amnistía puede considerarse un pilar, un principio elemental sobre el que se construyó la Constitución que no podría haber sido sin ella, sin esa reconciliación efectiva que tanto demandó, no se olvide, la recordada izquierda y seria de entonces. No se han atrevido a derogar esa ley porque, de haberlo hecho, afectaría a ETA y otros grupos de izquierda en los que hoy ven algunos desnortados, para nuestro asombro y vergüenza, revolucionarios encomiables e imitables. Y no lo han hecho porque, como algunos saben, aunque se empeñen en lo contrario, tampoco serviría a sus fines.

Y concluyen, dignos y satisfechos, introduciendo una cláusula interpretativa conforme a la cual los delitos de lesa humanidad o de torturas son imprescriptibles. Una coletilla legal que saben ineficaz, pues tales determinaciones ya constan en Tratados Internacionales suscritos por España, los que la incluyen, que no son todos los ratificados y los Tratados son ley interna. Y esos Tratados se aplican y sirven ya como criterios de interpretación. Y han sido, como saben o deberían saber, ya analizados en sus efectos en esta materia por el Tribunal Constitucional a cuyas resoluciones, otra vez, enfrentan sus diatribas ideológicas intentando que sus opciones se impongan a la ley y que los tribunales se sometan a sus órdenes. Crean, pues solo eso puede suceder y tal vez se busque, un nuevo conflicto con el Poder Judicial.

Y es que el Tribunal Constitucional, después de otras muchas resoluciones del Tribunal Supremo, en septiembre de este año ha dejado clara esta cuestión a instancias de quien fue secretario general del PCE, Gerardo Iglesias. Lo que la norma ideada establece, ya analizado y resuelto, no puede prosperar porque lo impiden el principio de legalidad y el de irretroactividad de las leyes penales desfavorables, auténticas conquistas del Estado de derecho y con las que jugar es arriesgar el futuro. Y principios constitucionalmente reconocidos.

Los delitos de lesa humanidad no existían como tales con anterioridad a 1977, no siendo los Tratados Internacionales normas que puedan crear tipos penales no previstos en la ley. No hay delito sin ley que lo tipifique. Esto cierra toda eficacia a la norma que se propone, porque nadie puede ser condenado por hechos que no eran delito al momento de su comisión.

De igual manera, la ley de amnistía impide toda aplicación de imprescriptibilidad a hechos anteriores por cuanto las leyes penales desfavorables son irretroactivas. La ley de amnistía produjo sus efectos en un solo acto, extinguiendo inmediatamente la responsabilidad penal. No puede ahora una norma resucitar esa responsabilidad penal extinguida. Ni siquiera la derogación de la norma, que tampoco produciría efectos retroactivos, abriría la puerta a las pretensiones punitivas que se buscan. La derogación no anularía los efectos ya producidos. Jurídicamente no hay más. Y no hay remedio ninguno. La vía penal, tan querida ahora por la izquierda como antes por los reaccionarios, ¿?, es inviable y está cerrada.

Todo lo dicho es sabido por el Gobierno, hasta el punto de que el propio ministro del ramo, del PSOE, lo ha reconocido. Que nada va a cambiar. El por qué la promulgan constituye un misterio que debieran resolver, pero que obviamente solo puede responder a pretensiones espurias.

Y si esto es así jurídicamente, humanamente, pretender medio siglo más tarde juzgar a ancianos o, como algunos han llegado a sostener, a fallecidos o al menos incoar procesos penales frente a estos últimos, es más desvarío que sentido común. Sentar en el banquillo a Martín Villa, por ejemplo, a la par que se homenajea a etarras autores de masacres, no sería bien entendido por la gente normal e insisto en lo de normal.

Esta pléyade de políticos que utilizan el BOE cual si se tratara del periódico de su partido, trasladan otra vez al Poder Judicial sus ocurrencias y diatribas, esperando que los jueces sucumban a la misma ignorancia y entusiasmo por ésta que a ellos alumbra. Sucede que es imposible equiparar prudencia, conocimiento e imparcialidad a indigencia intelectual y abuso del poder, dicho en términos coloquiales, los propios en estos tiempos de una sesión del Congreso. Este es el nivel de nuestros legisladores para desgracia de los administrados.

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