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Opinión | Observatorio

Julio Roldán

La libertad personal y la experiencia religiosa

Procesión de Los Dolores

Procesión de Los Dolores / José Carlos Guerra / LPR

Con cierta frecuencia vemos aparecer últimamente movimientos y grupos que, envueltos en la música y lo emocional, son presentados como caminos de renovación espiritual, de evangelización más intensa o de vida comunitaria más cercana y viva. En muchos casos parecen presentar frutos reales y valiosos: conversiones, compromiso, entusiasmo cristiano…No sería justo por mi parte negar esta realidad. Sin embargo, a pesar de estos aspectos positivos, también hay preguntas de fondo y situaciones preocupantes que no conviene pasar por alto.

Para tener una mirada crítica sobre esta realidad, acudimos primero al Derecho Canónico. Estos movimientos o grupos son en realidad asociaciones de fieles, pueden ser públicas o privadas, tienen como finalidad promover la vida cristiana, el culto y la misión evangelizadora. El problema se presenta cuando algunas de ellas, por ejemplo bajo la apariencia externa de un grupo musical, están constituidas como asociaciones privadas de fieles. También es cierto que en algunas asociaciones privadas, de los estatutos a la realidad hay una gran diferencia. Todo esto se regula en los cánones 321 a 326. Naturalmente esto no legitima cualquier método. La Iglesia establece también límites: todas estas realidades deben estar bajo la vigilancia de la autoridad eclesiástica , respetar la doctrina y garantizar los derechos de los fieles. No es un control arbitrario, sino una protección de lo esencial: la fe y la dignidad de las personas.

Otras de estas nuevas realidades eclesiales no tienen estatutos o una estructura asociativa, al no ser asociaciones de fieles. Esto puede generar confusión a la hora de definir cuál es el papel del líder, el del responsable, derechos y deberes de los miembros, qué hace ser miembro, a qué obliga todo ello…La confusión puede derivar en abusos de conciencia, de poder... En este sentido, importante recordar lo que el Derecho Canónico regula en el canon 219 al afirmar que «en la elección del estado de vida, todos los fieles tienen el derecho a ser inmunes de cualquier coacción». La fe, por su propia naturaleza, no puede imponerse ni dirigirse desde fuera de la conciencia.

Este principio aparece afirmado con fuerza por el Concilio Vaticano II en Dignitatis humanae: nadie debe ser obligado a actuar contra su conciencia ni impedido de obrar conforme a ella. La adhesión a Dios solo es auténtica cuando es libre. Cuando pueden aparecer presiones psicológicas, dependencias afectivas o un uso desmedido de la emoción para orientar decisiones personales, puede llegarse a cruzar una línea peligrosa.

Por su parte, el Catecismo de la Iglesia Católica profundiza aún más: la conciencia es el núcleo más íntimo del ser humano y la libertad es condición de la vida moral. Ningún líder, por muchos seguidores que tenga, puede sustituir ese espacio interior. Hacerlo empobrece la persona y desfigura la experiencia cristiana.

En este contexto, la Conferencia Episcopal española, se ha pronunciado recientemente el pasado 3 de marzo de 2026 con una Nota doctrinal sobre el papel de las emociones en el acto de fe: Cor ad cor loquitur, el corazón habla al corazón. En ella se señala un riesgo creciente: la reducción de la fe a lo emocional. La emoción forma parte de la experiencia religiosa, pero no puede convertirse en criterio único de verdad ni en instrumento de control. Una fe madura integra razón, libertad y comunidad eclesial; no genera dependencia, sino crecimiento.

Otro signo preocupante aparece cuando estos grupos tienden a aislar a sus miembros, directa o indirectamente, de su propio entorno, o cuando se presentan como una vía privilegiada , o incluso exclusiva, de salvación. Esto contradice la visión abierta y dialogante de la Iglesia expresada en Gaudium et spes, donde se afirma que la fe no aparta del mundo, sino que compromete más profundamente con él.

Conviene, por tanto, discernir. No todo lo nuevo es sospechoso, tampoco todo lo que se presenta como fervoroso es auténtico. Los criterios deben quedar claros: comunión con la Iglesia local y universal, respeto a la libertad personal, transparencia en el ejercicio de la autoridad y centralidad del Evangelio, no del grupo.

Estará de acuerdo quien ahora lee estas líneas en esto: la Iglesia necesita renovación, claro que sí. Pero una renovación que no pase por encima de la persona. Porque si la libertad se debilita, la conciencia se sustituye y la autoridad se absolutiza, ya no estaríamos ante un impulso del Espíritu, sino ante una realidad que necesita corrección.

En los tiempos actuales de búsqueda espiritual intensa, el auténtico criterio sigue siendo el mismo de siempre: «la verdad les hará libres» (Jn 8,32). Allí donde no haya libertad, conviene preguntarse seriamente qué tipo de experiencia religiosa se está viviendo.

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