El embrollo judicial de la nueva normalidad

Canarias mantiene el toque de queda y los cierres

perimetrales, mientras sigue a la espera del aval del TSJC

El estado de alarma es ya historia en la que es una de las decisiones más controvertidas de las adoptadas por el Gobierno central en los catorce meses de lucha contra la pandemia. Si bien en un principio se entendió como el adiós automático al toque de queda, a los cierres perimetrales y a las restricciones del número de personas en las reuniones sociales, el Gobierno de Canarias ha decidido mantener vigentes todas esas herramientas para evitar que la pandemia, en palabras del presidente Ángel Víctor Torres, «se vaya de las manos». La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en Santa Cruz de Tenerife continuará hoy con las deliberaciones para decidir si avala o no las restricciones sanitarias aprobadas por el Ejecutivo regional. La Sala se reunió ayer para valorar las medidas, pero no tomó una decisión al respecto. El órgano judicial tiene de plazo hasta mañana para pronunciarse.

Baleares y la Comunidad Valenciana ya han obtenido el visto bueno de sus tribunales superiores a una decisión muy similar a la de Canarias; Euskadi, por contra, se ha encontrado con el rechazo de los jueces, con lo que la entrada en escena del Supremo para unificar criterios es segura, tal y como preveía el Gobierno de Pedro Sánchez al dibujar el nuevo escenario. Los expertos no tienen clara la pertinencia legal de mantener desde hoy medidas que restrigen los derechos fundamentales.

Varias comunidades autónomas han criticado el momento elegido para poner fin a un marco legal que se prolongaba desde el último mes de octubre. Entienden que tener un espectro de herramientas más estrecho puede derivar en un incremento de los contagios. De ahí que intenten mantener todo el arsenal engrasado. «Son posibilidades», explicó el viernes Torres sobre mantenimiento en las Islas del toque de queda, las restricciones en las reuniones sociales y los cierres perimetrales. «Nuestra intención es que decaigan todas», añadió, pero eso sí, cuando la realidad sanitaria lo permita y no antes. En esa carrera, ganar tiempo es un objetivo prioritario, y eso es lo primero que logran las autonomías, que no se pase del todo a la casi nada en una madrugada que, además, es de las complicadas para sujetar a los ciuadadanos en casa, la que va del sábado al domingo.

En todo este maremágnum, un paréntesis. El artículo primero del decreto ley (8/2021) –por el que Madrid adopta medidas urgentes sanitarias, sociales y jurisdiccionales a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma–, que se publicó el pasado miércoles, atiende una de las principales preocupaciones del Archipiélago: control en puertos y aeropuertos.

En esa misma norma, el Ejecutivo de Pedro Sánchez establece cambios en los procedimientos judiciales contencioso-administrativos para que las discrepancias de los particulares con las medidas que adopte cada autonomía no se apolillen en los palacios de Justicia. Contra las decisiones de los respectivos tribunales superiores cabe ahora recurrir en casación al Tribunal Supremo, que deberá resolver en un plazo de cinco días hábiles, o incluso menos si las circunstancias sanitarias lo exigen.

No es el primer estado de alarma que decae. Ya ocurrió en junio del año pasado, y no hubo otro hasta que se decretó, en los días finales de octubre, el que acaba de expirar. Faltaban entonces pocos días para la festividad de Todos los Santos y se hizo necesario frenar la movilidad. Especialmente la de los madrileños ante la intensa propagación de la enfermedad que registraba la comunidad autónoma que vuelve a gobernar Isabel Díaz Ayuso. El Gobierno central puede volver a recuperarlo en cualquier momento.

¿Con qué herramienta contaron en ese ínterin las comunidades autónomas de cara a poner coto a la convivencia de los tiempos prepandemia? La misma que tienen ahora: «La Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública», señala el catedrático de Derecho Constitucional de la ULL, Gerardo Pérez.

Esa norma, continúa, «posibilita establecer medidas para, por ejemplo, restringir los movimientos de personas que pueden resultar contagiosas». Fue la base legal «para confinar el hotel del sur de Tenerife», añade el profesor de Derecho de Constitucional también de la ULL, Vicente Navarro, sobre el caso del establecimiento alojativo de Adeje en el que se recluyó a un millar de personas al detectarse la presencia de covid en un cliente.

En opinión de Navarro, el texto de la Ley 3/1986 «no precisa las medidas sanitarias» que pueden adoptarse. Esa inconcreción deja a la interpretación de cada tribunal superior de justicia autonómico si proceden las restricciones. «Los datos que se aporten pueden convencer al juez o no», subraya.

Gerardo Pérez apunta que el espíritu de esa norma de 1986 se circunscribe a las personas, porque se pueden aportar al juez pruebas médicas que demuestren que existe un contagio. En todo caso, a grupos de contacto, como ocurrió en el hotel tinerfeño. «Pretender trasladar limitaciones de esta naturaleza a toda la ciudadanía es forzar la letra de la ley», advierte.

Si no hay estado de alarma, no existe cobertura legal para establecer un toque de queda. «Es complicado actuar en todo lo que afecta a los derechos fundamentales», reconoce el viceconsejero de la Presidencia del Gobierno de Canarias, Antonio Olivera.

No obstante, es lo que ha decidido hacer el Ejecutivo autonómico, porque mientras la cuestión llega al Supremo y este decide, «las medidas estarán en vigor», explica Olivera. ¿Cuál es el objetivo? «Desmontar el sistema de manera progresiva, con criterios más sanitarios», detalla el viceconsejero.

Antonio Olivera plantea la extinción del estado de alarma en términos ajedrecísticos. «Perdemos la dama, la pieza más fuerte», señala, pero recuerda que el rival, el coronavirus, también ha sufrido daños infligidos por el resto de piezas con que cuenta la sociedad, especialmente de parte de «la vacunación».

A su juicio, ha llegado el momento de adaptarse a «un escenario nuevo, con menor evolución de la enfermedad», como demuestran las tasas de contagiosidad y las sucesivas jornadas sin fallecidos de las que ya disfruta Canarias.

Para el profesor Navarro, Madrid ha prescindido de las «razones sanitarias y jurídicas». A estas alturas del juego, él preservaría su reina para garantizarse la posibilidad de nuevos toques de queda o cierres perimetrales. No obstante, como hizo en octubre, Madrid siempre puede deshacer la jugada y recuperar el estado de alarma.

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