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Universidad

La ULPGC carece de un control de los horarios y asistencia de sus profesores

La institución replica que utiliza un sistema de hojas de firma en sus centros y el máximo órgano fiscalizador de la región le contesta que no lo ha demostrado

Imagen de una reunión del Consejo de Gobierno de la ULPGC. IVÁN GLEZ. / ULPGC

La Audiencia de Cuentas de Canarias ha informado favorablemente el informe de fiscalización de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) correspondiente a 2012 (el curso 2012-2013) no sin antes hacer una recomendación de fondo polémico: sugerir a la institución académica la instauración de un control horario para su personal docente e investigador (PDI).

En el documento, aprobado por unanimidad del pleno de la Audiencia de Cuentas el 11 de diciembre pasado y que se ha remitido al Parlamento canario y el Tribunal de Cuentas de España, además de a la propia Universidad grancanaria, el órgano fiscalizador enumera un total de 53 conclusiones y 9 recomendaciones.

Entre estas últimas, la octava de las sugerencias aconseja al gobierno de la institución académica vigilar la permanencia física del profesorado en los centros docentes repartidos en sus campus. "La Universidad debería contar", reza el literal de esta recomendación, "con un sistema de control horario de asistencia de su personal docente".

Esta recomendación parte de lo expuesto en este informe por la Audiencia en el capítulo 5 del documento, en concreto en el apartado 5.2.5, en el que el órgano fiscalizador adscrito al Parlamento regional afirma que "no consta que la ULPGC cuente con un sistema para la evaluación de su PAS (el personal de administración y servicio), así como no dispone de un sistema de control de presencia y horarios para su PDI".

Durante el periodo de aprobación del informe hasta hacerlo definitivo por el pleno el pasado 11 de diciembre, la Audiencia de Cuentas concedió un plazo a la Universidad grancanaria para la presentación de alegaciones.

Hojas de firma

Tal y como consta en el documento, la Universidad grancanaria replicó (en noviembre de 2014) que cada centro dispone de su propio sistema de control de asistencia del profesorado a las clases y que la mayoría de ellos se realizan mediante hojas de firmas. Además, la institución explicó que la ULPGC está desarrollando un sistema de control horario a través de medios telemáticos.

Sin embargo, la Audiencia de Cuentas decidió mantener su conclusión y, en consecuencia, su recomendación al valorar que la ULPGC no aportó documentación para sustentar su alegación.

La verificación de la asistencia del personal que trabaja en las administraciones públicas a su puesto de trabajo es siempre asunto controvertido. En el caso del profesorado universitario añade además un plus de complejidad por que los docentes no suelen impartir sus clases en un único centro, según explicó ayer Miguel Ángel Pérez Aguiar, presidente de la Junta de Personal Docente e Investigador (JPDI). Salvo las excepciones, el control actual implica la firma del profesor a su llegada al centro en las hojas dispuestas en las consejerías de los edificios pero solo queda reflejada la hora de entrada, no la de salida. "Hay seis campus y el profesorado ha de impartir clases también en otros centros" con lo que el control se dificulta. Cada docente está adscrito a un departamento y muchos de ellos suelen compartir docencia en diferentes titulaciones, según recuerda el presidente del órgano representativo de los profesores funcionarios de la ULPGC.

Por eso, Pérez Aguiar señala que, con esa recomendación, la Audiencia de Cuentas "evidencia un desconocimiento del funcionamiento del sistema universitario. Hay casos de escaqueo pero el profesorado mayoritariamente cumple sus 37,5 horas semanales".

Con todo, el presidente del órgano de representación de la plantilla de profesores e investigadores funcionarios considera que, en el control de asistencia docente a clases y tutorías "puede haber cierta dejadez por parte de los cargos directivos" quienes pueden mirar a otra parte cuando se trata de pedir su cumplimiento. "Se escudan en una normativa genérica y en un modelo de control de asistencia generalista que es de aplicación compleja", según Miguel Ángel Pérez Aguiar, "por que se trata de una plantilla heterogénea en cuanto a actividades y la diversidad y disparidad de titulaciones que se imparten también complica las cosas".

Además, hay otros muchos mecanismos y controles que estipulan la actividad del profesorado que, aunque no vigilan el cumplimiento horario estrictamente, si fijan con claridad sus tareas y reparto horario. "Por ejemplo", recuerda el presidente de la Junta de Personal del PDI, el Reglamento de Planificación Académica que aprobó la Universidad grancanaria justo ahora hace un año, en enero de 2013, impulsado por el Vicerrectorado de Profesorado y Planificación Académica, a donde llegan para su supervisión las hojas de firmas que, asimismo, son controladas por los directores de centros y departamentos para verificar la cobertura adecuada de las clases.

En el informe de la Audiencia de Cuentas de Canarias, de 198 páginas, se explicitan además otras consideraciones vertidas por los expertos auditores que, en muchos casos, aluden a escasa o inexistente información sobre algunos temas de la gestión económica, financiera y académica de la Universidad grancanaria.

Según el órgano de fiscalización, la institución "no ha rendido la información y documentación referente al coste de la actividad docente e investigadora" por lo que "no se ha podido concluir sobre este objetivo", señala el informe.

Además, apunta que "la Universidad no ha facilitado la documentación e información necesaria que acredite el procedimiento de formación de la oferta de plazas de nuevo ingreso para el curso académico 2012-2013, lo que ha impedido analizar la política docente al respecto".

También la Audiencia de Cuentas, en el documento de fiscalización de la ULPGC correspondiente a 2012 indica que "la presencia de hombres y mujeres no atiende a una composición equilibrada tal y como se define en la disposición adicional primera d de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que entiende como composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres en el conjunto a que se refiera, aquella en el que el número de personas de cada sexo no supere el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento".

Por otra parte, se interesa acerca de la relación de bienes patrimoniales de la ULPGC. "En el inventario facilitado por la Universidad", señala, "no constan los bienes inmuebles, el importe reflejado en el balance como inmovilizaciones materiales es superior al registrado en el inventario".

Asimismo, insiste en el capítulo patrimonial: "Igualmente y dado que el control del epígrafe de terrenos y construcciones se realiza de forma manual, lo cual puede estar sujeto a errores, se recomienda la creación de una aplicación informática de inventario de terrenos y construcciones con los mecanismos necesarios para que la contabilización de las certificaciones de obra por parte del servicio de patrimonio y contratación lleve consigo el alta en el sistema y en la contabilidad patrimonial, así como que la citada aplicación realice directamente la amortización de las construcciones a 31 de diciembre. Dicha aplicación se podría añadir a la ya existente para el resto de los elementos de inmovilizado material que se encuentra en proceso de actualización", señala el documento de la Audiencia.

De otro lado, vuelve a abordar el informe una cuestión relativa a las plantillas. "Se ha verificado que la relación de permisos y licencias remitida cuenta con la preceptiva aprobación del Consejo de Gobierno. Sin embargo, no consta información alguna sobre los permisos y licencias inferiores a tres meses autorizados por el rector ni de los inferiores a siete días autorizados por los directores de departamento".

Y también entra en el ámbito de la investigación. "La Universidad carece de una clasificación por programas en la vertiente de los ingresos correspondiente a esta actividad" y, asimismo, "no imputa en el presupuesto inicial una estimación de los ingresos y gastos" de esta actividad científica.

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