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Educación y CC OO se enfrentan por el derecho de los interinos a cobrar el verano

Una sentencia del Supremo lleva al sindicato a reclamar el abono de los salarios de julio y agosto a aquéllos que este curso han trabajado más de cinco meses y medio

Detalle del encadenamiento ante la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación. LP / DLP

La Consejería de Educación del Gobierno de Canarias y Comisiones Obreras (CC OO) se enfrentan a cuenta del derecho de los docentes interinos no universitarios a cobrar los salarios correspondientes a los meses de julio y agosto. Una sentencia emitida por el Tribunal Supremo el pasado lunes reconoce expresamente ese derecho, pero mientras que la Administración educativa estima que ese reconocimiento se ciñe a aquellos profesores que hayan impartido clases durante el curso completo, que en Canarias ya cobran esos dos meses, el sindicato entiende que la sentencia abre la puerta a que también perciban esos salarios los docentes que sin llegar al curso completo hayan dado clases al menos durante cinco meses y medio. En Canarias, este último colectivo ya cobró los meses de verano entre los años 2005 y 2010.

Según cálculos de CC OO, el reconocimiento del derecho a cobrar los meses de julio y agosto a los interinos que hayan trabajado al menos cinco meses y medio, beneficiaría a unas 800 personas en todo el Archipiélago y obligaría a Educación a desembolsar una cantidad cercana a los 4.800.00 euros para satisfacer las cantidades brutas correspondientes a los salarios.

La sentencia del Supremo reconoce el derecho a cobrar los salarios correspondientes a julio y agosto a aquellos interinos que hayan dado clases durante el curso completo. De hecho, la argumentación jurídica de esta resolución, que casa una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, se ciñe a "los funcionarios docentes interinos no universitarios que hubieran sido nombrados al principio del curso escolar y con el designio de que desempeñaran las funciones propias de un profesor docente durante todo él". El alto tribunal concluye que, habiendo interinos y fijos impartido igualmente clases durante el mismo periodo lectivo, no se puede dar un trato discriminatorio a los primeros con respecto a los últimos, que sí cobran los salarios correspondientes a estos dos meses veraniegos.

La Consejería de Educación asegura que la resolución "no tiene consecuencias para Canarias". Según argumenta este departamento, en Canarias a todos aquellos interinos incorporados hasta el 21 de septiembre se les entiende contratados por el curso completo, de forma que su relación laboral se extingue el 31 de agosto. Por contra, los que se incorporen después de esa fecha ya no disfrutan de esa misma condición, finalizando su contratación el 30 de junio, es decir que no cobran los dos meses de verano.

Esto no ha sido siempre así. A partir de 2005 se amplió en Canarias el derecho de cobrar los salarios de julio y agosto a aquellos profesores interinos que hubieran trabajado al menos 165 días, es decir un plazo de cinco meses y medio. En 2010, en plena crisis económica, se eliminó esta ampliación y se redujo el derecho a los profesores interinos que hubieran trabajado el curso completo.

Comisiones Obreras entiende que la sentencia del Tribunal Supremo abre una vía a "la eliminación de esta suspensión excepcional". El sindicato señala que la resolución "restablece derechos laborales arrebatados con la excusa de la crisis y aunque en algunas comunidades autónomas existen ya acuerdos sindicales que garantizan el cobro del verano, en Canarias lleva suspendido mediante Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma desde 2010, por lo que el sindicato estudia la manera más adecuada para reclamar los salarios de los interinos que se encuentran en esta situación".

El sindicato estudia la manera más adecuada para reclamar los salarios de los interinos que se encuentran en esta situación. Así, ha solicitad a la Administración educativa la convocatoria urgente de la mesa sectorial para estudiar la eliminación de la citada suspensión. Por si esto no tuviera éxito, CC OO estudia la viabilidad de que se pueda reclamar judicialmente la extensión de lo señalado en la sentencia a los otros casos. Finalmente, si esto tampoco diera resultado, se plantea iniciar una campaña de reclamaciones individuales de todos los afectados. "Deseamos poder recuperar el abono del salario de los meses de julio y agosto para e personal interino y sustituto que trabaje más de cinco meses y medio", finaliza la central sindical.

La Consejería regional de Educación ya adelanta que lo determinado en la sentencia del Supremo no es de aplicación en Canarias, pues reconoce un derecho que en las Islas no ha sido abolido. Así, las posturas de sindicato y Administración permanecen encontradas, a la espera de la reunión de la mesa sectorial cuya convocatoria ha solicitado Comisiones Obreras, antes de adoptar otras medidas.

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